|
La Comisión Europea presentó el 20/11/2007 un conjunto de
medidas para « modernizar » el mercado único europeo y que para que
los europeos puedan obtener más beneficios de este.
Los retos son numerosos y importantes: la globalización
exacerba la competencia entre los países a fin de atraer las inversiones y
amenaza el modelo social europeo, la investigación y la innovación son
insuficientemente fomentadas cuando constituyen una clave de la competitividad
y son necesarias para lograr un modelo de desarrollo más respetuoso del medio
ambiente, los consumidores, enfin, no estan todavía lo suficiente acostumbrados
a comprar en otros países, lo que es facil de entender habida cuenta por
ejemplo de las dificultades para obtener
indemnizaciones más allá de las fronteras en caso de problema. De la misma manera, las pequeñas
empresas suelen limitar su actividad a
sus mercados nacionales respectivos.
En el "paquete" adoptado el día 20/11, la Comisión
Europea propone pues una serie de iniciativas con el fin de comenzar un nuevo
ciclo para el mercado único, otorgando una prioridad a los consumidores y a las
pequeñas empresas (1).
Ayudar a los consumidores a ejercer sus derechos
contractuales
Hoy en
día, los consumidores pueden comprar en otros países de la Unión Europea sin
tener que pagar aranceles o un IVA suplementario.
Se
benefician de normas de protección vigentes
en toda la Unión, como la garantía de requisitos de calidad cuando
compran productos o alimentos , una información sobre los productos mediante
las normas comunes de etiquetado, la posibilidad de devolver, de obtener la
sustitución o la reparación de las mercancías que no se ajustan al contrato de
venta., etc… Directivas específicas prohíben las prácticas comerciales
desleales y la publicidad engañosa. La Comisión propone nuevas iniciativas para
reforzar las garantías ofrecidas a los consumidores. Tal es el objetivo, por
ejemplo, de la reciente propuesta de
Carta europea de los derechos de los consumidores de energía (veanse en esta
web la noticia breve de julio de 2007 ). Otras propuestas serán
presentadas, así por ejemplo, nuevas
reglas sobre el etiquetado de los alimentos o, en 2008, iniciativas a
fin de instaurar recursos colectivos, permitiendo así que distintas personas en
distintos países de la Unión europea puedan agruparse a fin de presentar ante
la justicia la misma reclamación contra la misma empresa.
Asistir a las pequeñas empresas
La
Comisión propondrá en 2008 una ley para las pequeñas empresas para reducir la
burocracia, aumentar el acceso de las PYME a los programas europeos, reforzar
su parte en los contratos públicos y reducir los obstáculos para las
actividades transfronterizas. Propondrá tambien la creación de un estatuto
europeo sobre la pequeña empresa.
Informar
mejor a los empresarios y a los particulares mediante un nuevo "servicio único de
asistencia en materia
de mercado único"
Beneficiarse
de la globalización
Con
el fin de conseguir nuevos mercados, la Comisión, predica una
« liberalización bilateral y multilateral" (en el marco de la
Organización Mundial del Comercio - OMC -) siempre que sea compensada con
"el respeto de los derechos de acceso a los mercados" y la
cooperación internacional para lograr mayor convergencia reguladora. Eso
requiere, en particular, de reiniciar las negociaciones de la ronda de Doha, y de utilizar todos los medios de
la política comercial a fin de luchar contra las subvenciones y
otras prácticas desleales. Estamos sin embargo aún lejos de las tesis
defendidas por el Presidente francés que aboga por la "preferencia
comunitaria".
Fomentar el
conocimiento y la innovación en el mercado único
La Comisión Europea propone, por
ejemplo, una nueva estrategia de normalización para contribuir a que los resultados de la I+D
encuentren una salida en los mercados y a fomentar el uso de tecnologías que
favorezcan un ahorro de energía.
A fin de estimular la movilidad de los investigadores, la Comisián propndrá
tambien un "pasaporte de investigadores".
Enfin, la Comisión insiste en que avanze el
proceso legislativo a fin de lograr un marco comunitario común de protección de
las patentes (cabe recordar que las negociaciones relativas a la patente
comunitaria no adelantan a pesar de haber sido iniciadas hace muchos años ).
Acabar el mercado único en los sectores en los que debe ser más eficaz y promover el
comercio de servicios
Eso
implica eliminar las barreras que
permanacen, como lo hizó, por ejemplo, la Comisión recientemente en el sector
de la telefonía móvíl mediante la regulación de las tarifas de la itinerancia
telefónica. El
sector de los servicios supone el 70% del PIB de la Unión Europea, el 68% del
empleo y el 96% de los nuevos puestos de trabajo creados. Sin embargo, sólo
supone el 20% del comercio en el interior de la Unión. La Comisión espera una mejora gracias a la
entrada en vigor de la Directiva sobre servicios que debe transponerse
al Derecho nacional para finales de 2009 y
a las directivas sectoriales. Pero propone realizar más esfuerzos
para promover la libre circulación del conocimiento y la innovación
como «quinta libertad» en el mercado único. Por ejemplo, será necesario, pués, orientar los esfuerzos hacia las
nuevas oportunidades que se ofrecen
utilizando las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) creando
servicios interoperables tales como la facturación, los contratatación pública
en línea y la informatización aduanera.
Renovar
la agenda social comunitaria
La
Unión Europea puede intervenir en ámbitos particulares como juventud,
oportunidades profesionales, seguridad y salud en el trabajo, igualdad de género, inclusión y no
discriminación, movilidad y
integración, cultura,
participación y diálogo social. La Comisión présentará pués, una agenda social renovada a
mediados de 2008.
Definir el
punto de vista
comunitario acerca de los servicios de interés general
La Comisión europea presenta una
comunicación sobre servicios de interés general, incluidos servicios sociales
de interés general.
La comunicación intenta aclarar
el ámbito de aplicación de las normas comunitarias de competencia respecto a
los servicios de interés económico general (aquellos servicios prestados a cambio de una remuneración tales como
las telecomunicaciones, la energía, el transporte y correos) y a los otros
servicios de interes general (servicios no
económicos, que pueden entenderse como
lo que en España se denomina servicios públicos).Tambien propone definir una estrategía para
promover la calidad de los servicios sociales, tales como la
vivienda social, el cuidado de los niños, el apoyo a las familias y a las personas
dependientes.
En cambio, la comunicación no anuncia ninguna
propuesta legislativa para definir un estatuto europeo de los servicios de
interés general.
Los partidarios de esta subrayan que una
regulación permitiría conseguir más seguridad júridica gracias a la aclaración
de los conceptos de « servicios económicos de interés general »
cubiertos por el derecho comunitario de competencia y de « servicios no economicos de interés general » en
principio no cubiertos por este.
Hoy en día, el enfoque de la legislación
comunitaria no es general sino sectorial (
directivas « postal »,
« elctricidad », « gas », « telecomunicaciones»…). La
cuestión de saber si una prestación de interes general tiene , o no, un
carácter económico se resolve al cabo de un análisis del caso concreto, con
arreglo a la jurisprudencia del Tribunal de justicia. Este no tiene en cuenta
el estatuto del organismo productor del servicio , tampoco el modo de financiación, sino el tipo de actividad basandose
en criterios tales como la existencia de un mercado, de prerrogativas del poder
público o de obligaciones de solidaridad, la existencia de una remuneración.
Con arreglo a esa jurisprudencia, un mismo organismo puede proporcionar
prestaciones que sean económicas y otras, no.
El concepto comunitario de servicios de
interes general permanece pués bastante
indeterminado e incierto el porvenir de los servicios no económicos, en
particular, los servicios sociales..
Con el fin de serenar las autoridades
encargadas de estos servicios, la Comisión se « compromete a proporcionar
explicaciones sobre las reglas aplicables ». Pero se puede dudar que sean
suficientes. En efecto, la Comisión reconoce la « situación
particular » de los servicios sociales, ya que contribuyen a la realización
de objetivos que son también los de la Unión Europea es decir la cohesión social, económica y territorial,
un elevado nivel de empleo, la inclusión social. Pero habida cuenta que casi
todas las actividades o prestaciones pueden representar un cierto valor
económico, la Comisión considera tambien que los servicios sociales pueden
entrar en el ámbito de aplicación del Derecho comunitario de competencia, según
los casos (2).
El
análisis "in concreto" abogado por la Comisión no convence los partidarios de una directiva europea de
servicios públicos que consideran ser el único medio de poner fin a las
incertidumbres actuales (3).
Pero
la Comisión europea persiste en negarse a presentar tal propuesta. Opina que la adopción de una legislación general sobre
los servicios públicos no es util, ya que el Tratado reformado (Tratado de Lisboa)
constituíra un marco “transparente y
fiable” para los servicios de interes general en la Unión europea, mediante un
protocolo anexo. Dicho Protocolo (Protocolo n°9) dispone: “ Las altas partes contratantes,
Deseando enfatizar la importancia de los
servicios de interés general, HAN CONVENIDO las siguientes disposiciones
interpretativas, que figurarán anejas al Tratado de la Unión Europea y al
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea:
Artículo 1
Los valores comunes de la Unión con respecto
a los servicios de interés económico general con arreglo al artículo 14 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea incluyen en particular:
- el papel esencial y el amplio margen de
maniobra de las autoridades nacionales, regionales y locales en el suministro, puesta en marcha y
organización de servicios de interés económico general lo más cercanos posible a las
necesidades de los usuarios;
- la diversidad de los servicios de interés
económico general y la disparidad de las necesidades y preferencias de los
usuarios que pueden resultar de las diferentes situaciones geográficas,
sociales y culturales;
- un alto nivel de calidad, seguridad y disponibilidad,
la igualdad de trato y la promoción del acceso universal y de los derechos de los
usuarios.
Artículo 2
Las disposiciones de los Tratados no
afectarán en modo alguno a la competencia de los Estados miembros en cuanto al
suministro, puesta en marcha y organización de servicios de interés general que
no sean económicos ».
Los partidarios
de una directiva marco juzgan que este Protocolo no puede substituir una
legislación comunitaria más detallada, ya que consta de demasiadas
incertidumbres y confiere a la jurisprudencia la carga de colmar las lagunas.
Destacan que "la jurisprudencia, que solo es una
solución para un caso concreto, y que siempre evoluciona , no puede compensar
la inercia legislativa de la Comisión cuyo deber, después del Tratado de
Lisboa, es de proponer una Directiva marco".
En realidad, el
papel de los servicios públicos en la Unión europea es un tema polémico que opone los partidarios del
librecambio y los promotores de una Europa más social . Resulta pués facil para
la Comisión de utilizar los desacuerdos entre los estados y el silencio de los
ciudadanos (en un año, la campaña de recogida de firmas de la Confederación
Europea de Sindicatos (CES) solo ha recogido un poco más de
520.000 firmas)
para negarse a proponer una legislación.
18/12/2007
1 - Documentos incluidos en el paquete
sobre el mercado único en la página
de la Comisión europea
2 - Veanse en esta web los artículos :
Quelles règles pour les services
sociaux d'intérêt général dans l’Union européenne ?
Libre choix des soins de santé dans l’Union européenne
3 - Veanse : por ejemplo :
Council of
european municipalities and regions, Local and
regional government still contest the Commission's views on public services,
29-11-07
Communiqué de l’AFCCRE (Association française du
Conseil des Communes et Régions d’Europe)
du 20/11/2007: EUROPE : LES COLLECTIVITES
TERRITORIALES N'ONT PAS ETE ENTENDUES SUR LES SERVICES PUBLICS !
Campaña de recogida
de firmas de la Confederación Europea de Sindicatos (CES) para
reivindicar una directiva marco que regule los servicios de interés general en la Unión Europea :
Por unos servicios públicos europeos de calidad
|