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El
12/10/2011, la Comisión Europea presentó el muy esperado - en
particular en Francia - proyecto de reforma de la Política Agrícola
Común (PAC) que se aplicará a partir de 2014.
Como la reforma de la política de cohesión, la reforma de la PAC es un elemento
de las negociaciones sobre
el marco financiero plurianual
comunitario que determinará
para el periodo 2014-2020
la amplitud máxima y la
composición de los gastos
por rúbrica del presupuesto
comunitario. Al igual que la reforma de la política de cohesión, la reforma
propuesta debe contribuir al éxito de la estrategia Europa 2020.
Como
lo explica la Comisión, el proposito de la reforma es
establecer “una nueva
asociación entre Europa y los agricultores”
a fin, indicó Dacian Ciolos, Comisario de Agricultura y
desarrollo rural “de
hacer frente a los desafíos de la seguridad alimentaria, del uso
sostenible de los recursos y del crecimiento”.
“Las
próximas décadas”,
prosiguió
“serán
cruciales para sentar las bases de una agricultura fuerte, preparada
para afrontar el cambio climático y la competencia internacional, y
que responda a las expectativas de los ciudadanos.
Europa
necesita a sus agricultores”, y terminó
: “Los
agricultores "necesitan el apoyo de Europa. La Política
agrícola común nos alimenta y es el porvenir de más de
de la mitad de nuestro territorio”.
La
reforma consta de cuatro propuestas de Reglamentos:
-
un
Reglamento relativo a los pagos directos (1),
-
un
Reglamento sobre la organización común de mercados única
(OCM) (2)
-
un
Reglamento sobre el desarrollo rural (3)
-
un
Reglamento “horizontal” sobre la financiación, gestión, y
seguimiento de la PAC (4).
Tres
propuestas de reglamentos tienen por objeto organizar la
transición entre las antiguas y nuevas normas. Por último, el
"paquete legislativo" incluye una exposición
de motivos, una guía para los ciudadanos (5) y
anexos relacionados con la evaluación de impacto.
Diez
elementos constituyen los ejes de la reforma propuesta:
-Ayudas
a la renta mejor orientadas para dinamizar el crecimiento y el empleo
: los diferentes sistemas de pago (referencias
históricas o pago por hectárea o combinación de ambos, y el
regimen de pago por superficie simplificado en vigor en la mayor
parte de los países de la UE-12)
serán sustituidos por un nuevo "régimen de pago básico".
El
pago se abonará unicamente a los
agricultores activos. La Comisión propone definir con mayor
precisión lo que son los agricultores activos con el fin de evitar
pagar ayudas a beneficiarios sin actividad agraria verdadera o
tangible: la ayuda no se pagará a los solicitantes cuyos pagos
directos de la PAC representan menos del 5% del total de los
ingresos procedentes de sus actividades no agrarias
o cuyas superficies agrarias, en su mayoría, se mantienen en estado
natural para el pasto o el cultivo, sin que se ejerza en ellas la
actividad mínima exigida, según la definición de los Estados. Sin
embargo, una derogación está prevista en favor de los
agricultores que han percibido pagos inferiores 5 000 euros
durante el ejercicio anterior. Las
ayudas básicas a la renta
disminuirán
a partir de 150.000€ y no podrán superar 300.000€ por
explotación y por año, teniendo al mismo tiempo en cuenta el número
de puestos de trabajo empleos creados
por las explotaciones. Estarán supeditadas al respeto de ciertas
normas en materia ambiental (por ejemplo, mantenimiento de una
"zona de interés ecológico" del 7%), de
bienestar animal, etc… ("condicionalidad"). El
objetivo del nuevo sistema de ayudas es reducir las disparidades
actuales entre los niveles de ayudas entre agricultores, entre
regiones (disparidades internas) y entre países miembros
(disparidades externas). Los Estados van a deber aplicar un método
de pago uniforme por hectárea a nivel nacional o regional a partir
de 2019.
Las
dotaciones nacionales destinadas a los pagos directos se revisarán
de modo que aquellos que perciban menos de un 90% del
pago comunitario medio por hectárea recibán más. Por ejemplo, si
un Estado miembro percibe en la actualidad una ayuda media por
hectárea que representa un 75% de la ayuda media comunitaria (o sea
15% porcentuales por debajo del límite del 90%), la ayuda se
aumentará para representar un 80% de la ayuda media (aumento de un
tercio de la diferencia entre la ayuda nacional y 90% de la ayuda
media comunitaria). Los
Estados podrán decidir destinar hasta un 10% de su dotación
nacional para pagos directos a la dotación
correspondiente disponible para el desarrollo rural. En cuanto a
los Estados que perciben pagos de menos del 90% de la media
comunitaria, podrán transferir hasta un 5% de los fondos
de los que se benefiaran para el desarrollo rural a la dotación para
pagos directos.
-
Mejora de los instrumentos de gestión de crisis: para luchar
contra la volatilidad de los precios, las redes de seguridad
previstas (almacenamiento privado e intervención pública) se
adaptarán de modo que sean más eficaces y más dinámicas para
los sectores más expuestos a las crisis. Se promovera la creación
de seguros y mutualidades. Tambien se introducirá una nueva cláusula
de salvaguardia con el fin de autorizar a la Comisión a tomar
medidas de urgencia en respuesta a perturbaciones generales
del mercado (tal como ocurrió durante la crisis de la bacteria
E.coli la primavera pasada)
-
Creación de un pago “ecológico”: el 30% de los pagos
directos se destinará a prácticas que permitirán un
uso óptimo de los recursos naturales (diversificación de los
cultivos, mantenimiento de los pastos permanentes, conservación de
las reservas ecológicas y de los paisajes)
-
Más inversiones para la investigación y la innovación: el
presupuesto de investigación e innovación en materia agronómica se
duplicaría para desarrollar las transferencias de
conocimientos, el asesoramiento a los agricultores y apoyar proyectos
de investigación de interés para los agricultores gracias
a una cooperación más estrecha entre el sector agrario y la
comunidad científica
-
Competitividad y equilibrio de la cadena alimentaria: poco
organizados y demasiado aislados, los agricultores no están en
posición de fuerza. La Comisión propone apoyar las organizaciones
de productores, las organizaciones interprofesionales y fomentar
los circuitos cortos entre los productores y los consumidores para
reducir el número de intermediarios. Las cuotas de azúcar no se
prolongarán más allá de 2015, ya que “han dejado de ser
pertinentes” explica la Comisión
-
Apoyo a las medidas agroambientales: de conformidad con la
política de desarrollo rural, la conservación y la recuperación de
los ecosistemas y la lucha contra el cambio climático serán, con el
uso eficaz de los recursos, una prioridad
-
Apoyo a la instalación de jóvenes agricultores: la Comisión
propone una nueva ayuda a la instalación para los
agricultores de menos de cuarenta años, durante los cinco
primeros años de su proyecto. El pago básica se aumentaría un 25%
(con límites en función del tamaño de la explotación)
-
Promoción del empleo rural y del espíritu empresarial: se fomentará
la actividad económica en las zonas rurales y las iniciativas de
desarrollo local gracias a medidas como, por ejemplo, la
creación de un paquete inicial para apoyar los proyectos de
microempresas con una financiación de hasta 70.000€ a lo largo de
un período de cinco años o el refuerzo de los grupos de acción
local de LEADER
-
Atención a las zonas frágiles: se asignará una ayuda suplementaria
que se añadirá a las demás previstas en el marco de la
política de desarrollo rural, a los agricultores situados en
zonas con desventajas naturales para evitar la desertización
-
Simplificación de la PAC: los procedimientos se facilitarían para
evitar los plazos demasiado largos y las “sobrecargas
administrativas inútiles”, en particular las
normas relativas a la condicionalidad y los sistemas de
control. Por ejemplo, si la atribución de las ayudas sigue
siendo supeditada al cumplimiento de normas medioambientales, de
bienestar animal, como ya se mencionó, el número de requisitos
legales de gestión ha pasado de 18 a 13, y las normas
relativas a buenas condiciones agrícolas y medioambientales se
han reducido de 15 a 8 (excluyendo por ejemplo elementos que no son
relevantes para el agricultor). Del
mismo modo, las ayudas a los pequeños agricultores se
simplificarán gracias a la creación de un pago a tanto
alzado de 500 a 1000€ por explotación y por año.
En
una reunión del 25/10/211, los diputados miembros de la Comisión de
agricultura y desarrollo rural del Parlamento europeo expresaron
varias criticas. Algunos de ellos consideraron que las propuestas
destinadas a limitar los pagos directos a las grandes explotaciones y
a instaurar una
nueva disposición con el fin de congelar un 7% de las tierras van a
generar una “montaña de burocracia”.
Otros
hicieron hincapié en las consecuencias negativas para las
cooperativas y las pequeñas asociaciones de agricultores que podría
tener la limitación del importe de ayuda.
Se denunció también las diferencias de asignación
de los
fondos europeos entre los agricultores de los distintos Estados
miembros. “No entiendo porqué un agricultor lituano debería recibir
menos que un agricultor danés”, observó el diputado polaco
Janusz Wojciechowski. Por
su parte, la Presidente del Comité de las Regiones reservó también
una recepción más bien "tibia" a las propuestas en un
comunicado de 13/10/2011. Aunque la condicionalidad del pago de las
ayudas con arreglo a prácticas agrarias respetuosas del
medio ambiente sea una “evolución que se debe saludar”, las
propuestas “demasiado tímidas, están lejos de aplicar la
equidad entre territorios y explotaciones que pide el Comité de las
Regiones”, observa Mercedes Bresso. El comunicado subraya
otros problemas: la definición, demasiado amplia, de los
"agricultores activos", la disminución y el limite de las
ayudas que siguen siendo insuficiente, la intervención
pública demasiado limitada para regular los mercados.
31/10/2011
1
- Propuesta de reglamento que establece normas aplicables a los pagos
directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda
incluidos en el marco de la Política Agrícola Común
2
- Propuesta de reglamento por el que se crea la organización común
de mercados de los productos agrícolas (Reglamento de la OCM única)
3
- Propuesta de reglamento
relativo a la ayuda al
desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER)
4
- Propuesta de reglamento
sobre la financiación,
gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común
5
- Resumen para el ciudadano:
La agricultura en Europa después de 2013
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