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Vida de la Unión Europea |
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Las noticias de la Uniòn Europea relativas a las acciones,
reglamentos y directivas adoptadas en noviembre de 2007 estan
presentadas segun un orden cronològico, de la mas reciente a la mas antigua
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Ver tambien las noticias breves de deciembre 2007
GALILEO "reactivado": el 30/11, el Consejo de Ministros de transportes acordó la financiación del programa europeo GALILEO. Esa decisión permite reactivar dicho programa que se encontraba parado desde hace más de un año tras la retirada del consorcio privado responsable de la fase de despliegue del programa por su negativa a asumir los riesgos (Ver la noticia breve - en francés - : Changement de cap en vue pour GALILEO ). Después de haber confirmado que el programa seguiría su curso, el Consejo aprobó las nuevas orientaciones financieras propuestas por la Comisión Europea en septiembre pasado. La Comisión ha propuesto revisar el Reglamento sobre la financiación de los programas europeos de radionavegación por satélite EGNOS y GALILEO a fin de sustituir la contribución privada por el presupuesto comunitario. El importe de los recursos presupuestarios necesarios para la financiación de EGNOS y Galileo se fija en unos 3400 millones de euros para el período del 1 de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2013. La mayor parte de ellos se hallarán en las ayudas agrícolas que no se han utilizado en 2007. El cuestionamiento del contrato de concesión tiene tambien por consecuencia la necesidad de revisar la gestión de los programas. La Comisión recomendaba que la Agencia espacial europea siga actuando como agente de contratación y autoridad de diseño en nombre de la Unión Europea con arreglo a la normativa de la Unión europea y con sujeción a la gestión general de los programas por parte de la Unión. La propia Comisión proponía asumir, en nombre de la Unión, la administración y el control. El acuerdo en el Consejo fue arduo ya que todos les Estados reclamaban su parte en los contratos para participar en la construcción del proyecto a fin de beneficiarse de su impacto industrial. España por ejemplo se había negado en sumarse al compromiso inicial adoptado por los 26 otros países porque preveía que tendría solo un centro de salvamento, para areas de seguridad y salvamento, cuando los centros de control se encontrarían en Alemania e Italia. Se unio al acuerdo tras haber conseguido que ese centro trabaje en “red” con los otros dos y evolucione para poder llegar en 2013 a ser un centro de control plenamente operativo. (Council Conclusions on launching the European Global Navigation Satellite System Programmes, 2835th TRANSPORT,TELECOMMUNICATIONS AND ENERGY Council meeting, Brussels, 29-30 November and 3 December 2007) La Comisión Europea precisa las normas aplicables a los conglomerados de empresas: las concentraciones de empresas pueden agrupar empresas que tienen actividades similares y que son competidoras en un mercado dado (concentraciones horizontales), empresas de distinctos niveles de la cadena de distribución (concentraciones verticales) o empresas presentes en mercados emparentados (concentraciones conglomeral). El 28/11/2007, la Comisión Europea hizo públicas directrices sobre la evaluación de las concentraciones verticales y conglomerales. De este modo, las empresas pueden disponer de un "vademécum" de los requisitos exigidos para que una concentración se reconozca compatible con el mercado común en virtud de las disposiciones del Reglamento nº 139/2004 de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas («Reglamento comunitario de concentraciones»). Así por ejemplo, el documento indica las cuotas de mercado y el nivel de concentración que no se deben superar para que la operación sea compatible. Las directrices se publicarán en el Diario Oficial de la Unión como ya se han publicado las directrices sobre la evaluación de las concentraciones horizontales (Diario Oficial C 31 de 5.2.2004 ). Competencia comunitaria en materia penal: el 13/09/2005, una sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas provocó cierta emoción y abundantes comentarios en los circulos jurídicos y políticos. El Tribunal, trás recordar que en general los Estados son competentes en materia penal, afirmaba la competencia de la Comunidad para adoptar medidas penales (por ejemplo previendo sanciones penales) cuando son necesarias para garantizar la aplicación efectiva del Derecho comunitario. Los euroescepticos denunciaron una transferencia de competencias no prevista por los tratados, en beneficio de la Comunidad, sin tener en cuenta el respeto de las competencias de los Estados y del principio de subsidiariedad ( veanse el comentario – en francés- : Le Parlement et la Cour de justice des Communautés européennes à la rescousse de l'intégration européenne). Dos años más tarde, el Tribunal confirma esta jurisprudencia. Juzga que la Comunidad Europea puede obligar a los Estados miembros a establecer sanciones penales comunes a fin de permitir el respeto de las obligaciones previstas por una legislación comunitaria en el ámbito de la protección del medio ambiente (en este caso particular se trata de la Directiva 2005/35 relativa a la lucha contra la contaminación procedente de buques). En cambio, añade el Tribunal, la Comunidad no es competente para determinar los tipos y grados de las sanciones penales que deben aplicarse (Tribunal de justicia de las Comunidades europeas, 23 de octubre de 2007, asunto C-440/05, Comisión de las Comunidades Europeas / Consejo de la Unión Europea) Por su parte, la Comisión anunció del 28/11/2007, el envío de dictámenes motivados a ocho Estados miembros que todavía no han cumplido con su obligación de transponer la Directiva 2005/35 y, en particular, las disposiciones por las que se sancionan los responsables de descargas de sustancias contaminantes en el mar. El dictamen motivado constituye la segunda fase del procedimiento de infracción previsto en el artículo 226 del Tratado. Si el Estado en cuestión no responde de forma satisfactoria en el plazo de dos meses, la Comisión puede entonces elevar el caso ante el Tribunal de Justicia. Queda claro, pués, que el legislador comunitario puede imponer medidas de Derecho penal a los legisladores nacionales, para garantizar el respeto de la legislación comunitaria, y que la Comisión actuará para que los Estados no dificulten esta competencia. La Comisión europea presenta un balance de la aplicación de la Directiva sobre la acogida de los solicitantes de asilo en los Esatados miembros de la Unión : un informe presentado por la Comisión Europea el 26/11/2007 evalua por primera vez la aplicación de la Directiva 2003/9 de 27/01/2003 que define normas mínimas para la acogida de los solicitantes de asilo en los Estados miembros. Según la Comisión, la aplicación de la Directiva no tuvo como efecto de reducir los derechos de los solicitantes de asilo, como algunos lo temían. La prioridad de la Comisión es ahora de establecer normas idénticas en los Estados miembros en cuanto a las condiciones de acogida. En efecto, la Comisión comproba que la Directiva reconoce a los Estados una gran libertad para determinar las condiciones de acceso al empleo, el número de horas o días al mes o al año durante el cual están autorizados a trabajar, las cualificaciones que deben poseer, la atención medica, el nivel de las condiciones materiales de acojida (por ej .alojamiento), los derechos vinculados a la libre circulación y las necesidades de las personas vulnerables. Por consecuencia, existen disparidades notables entre los Estados. La Comisión proyecta de présentar una propuesta de revision de la Directiva en 2008, a favor de la conclusión de la consulta sobre el libro verde relativo al futuro sistema europeo común de asilo (veanse en esta web la noticia breve –en francés- Livre vert sur le régime d’asile européen commun) Recursos en el marco de procedimientos de adjudicación de contratos públicos: en un comunicado de prensa de 15/11/2007, la Comisión Europea anuncia el acuerdo conseguido por el Consejo y el Parlamento Europeo para adoptar su propuesta de Directiva por la que se modifican las normas comunitarias relativas a los procedimientos de recurso en materia de adjudicación de contratos públicos de los que pueden hacer uso las empresas en caso de que consideren irregular la adjudicación de un contrato. Más información: aqui La Comisión europea investiga sobre la fusión Google/DoubleClick : tras Microsoft, la Dirección de la competencia de la Comisión Europea se interesa por otro gigante americano : Google. Más concretamente, la Comisión anunció el 13/11/2007 la apertura de una investigación sobre el proyecto de adquisición de DoubleClick por Google, proyecto notificado por este último el 21/09/2007 conforme al derecho comunitario de competencia en virtud del cual las concentraciones de dimensión comunitaria deben notificarse a la Comisión antes de su realización. Para que una operación se considere de dimensión comunitaria, no es necesario que las empresas en cuestión esten establecidas en la Comunidad, pero si que realizen un cierto volumen de negocios en la Unión europea (Reglamento nº 139/2004 de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas («Reglamento comunitario de concentraciones») de tal manera que la concentración tenga efectos significativos en el mercado europeo. Une concentración incompatible con el derecho comunaitario es une concentración que crea o refuerza una posición dominante que obstaculice significativamente la competencia efectiva. DoubleClick, es una sociedad estounidense de publicidad en internet. Trás una investigación preliminar, la Comisión europea sospecha que el proyecto de adquisición podría generar problemas de competencia en los mercados de la intermediación y colocación de anuncios en la red. Con arreglo al Reglamento 139/2004, la Comisión dispone de 90 días laborables como máximo (hasta el 2 de abril de 2008 pues) para determinar si la concentración obstaculizaría significativamente el ejercicio de una competencia efectiva en una parte sustancial del mercado europeo y decidir de bloquear la operación o de autorizarla con ciertas condiciones o sin condiciones. La Comisión tendrá que determinar, por ejemplo, si, en caso de no realizarse la concentración, DoubleClick hubiera podido convertirse en un competidor efectivo de Google en el sector de intermediación para publicidad en Internet. Tambien examinará si la fusión del principal proveedor de espacios publicitarios en la red y de servicios de intermediación (Google) y del principal proveedor de tecnología para la publicidad en internet (DoubleClick), podría conducir a comportamientos y prácticas restrictivos de la competencia y por consiguiente, a perjudicar a los consumidores Control de la aplicación del Derecho comunitario por los sitios web de venta de billetes de avión : 15 países miembros (entre los cuales España) ayudaron a la Comisión europa a investigar sobre el respeto de la legislación comunitaria por los sitios web de venta de billetes de avión. En la semana del 24 al 28 de septiembre, se analizaron más de 400 sitios web para controlar su conformidad con el Derecho comunitario del consumo, en particular, en cuanto a publicidad engañosa (Directiva 84/450, codifificada por la Directiva 2006/114) y a las prácticas desleales (Directiva 93/13). Los resultados de esta investigación comunitaria que tenía por objeto los sitios de las principales líneas aéreas de Europa, de las líneas aéreas de bajo coste así como otros sitios web que venden billetes de avión fueron revelados por la Comisaria responsable de la protección de los consumidores de la Unión, Meglena Kuneva, el 14/11/2007. Más del 50% de todos los sitios web acusan irregularidades, en particular en la indicación de las tarifas, en las cláusulas contractuales y la información sobre las condiciones propuestas. En más del 50 % de los sitios web se descubrieron irregularidades, en particular en relación con la indicación de los precios, las condiciones de los contratos y la claridad de las condiciones propuestas. Los problemas más frecuentes son por ejemplo la indicación del precio sin sumar los impuestos y tasas de aeropuertos, y otros eventuales cargos (véanse también la noticia breve relativa a la propuesta de Reglamento comunitario sobre la transparencia de los precios de los viajes por avión en esta web – en francés - La Commission européenne veut la transparence des tarifs aériens ), o la información ausente o incompleta sobre los derechos y los procedimientos de anulación, o de modificación de las fechas... Las compañías disponen de cuatro meses para corrijr sus sitios web o demostrar justificar sus practicas. Las empresas que no lo hagan podrían enfrentarse a acciones legales que den lugar a multas o al cierre de sus sitios web. Además de las posibles acciones legales, la Comisaria europea dara a conocer los nombres de las empresas que no tomen medidas paraque sus sitios web se conformen con la legislación de la UE y las censurara de forma pública. Disminución del crecimiento de la economía de la Unión Europea : las previsiones económicas de otoño de la Comisión Europea, hechas públicas el 09/11/2007 anuncian una obvia disminución del crecimiento de la economía de la Unión europea que debería pasar del 2,9% en 2007 al 2,4% en 2008 y 2009 (y del 2,6% en 2007 al 2,2% en 2008 y al 2,1% en 2009 en la zona del euro). Según la Comisión, estos malos porcentajes son la consecuencia en primer lugar de las turbulencias de los mercados financieros, que endurecen las condiciones financieras y dificultando las inversiones. La inflación debería aumentar y alcanzar un 2,4% en la zona del euro durante los próximos meses como consecuencia del aumento de los precios de los productos básicos. Disminuiría despues para situarse en torno al 2% a mediados de 2008. Un motivo de optimismo es el consumo privado que ha sido el principal motor del crecimiento en la primera parte del año,. Se espera que siga aumentado a buen ritmo, gracias a una expansión del empleo : durante el periodo 2007-2009, ocho millones de puestos de trabajo podrían ser creados en la Unión, a los cuales se añaden los 3,5 millones ya creados en 2006. Por consiguiente, el desempleo de la Unión se reducería al 6,6% en 2009. Otro motivo de satisfacción parcialmente relacionado con lo anterior : la Comisión preve que el déficit presupuestario de la Unión Europea y en la zona del euro disminuya en 2007 hasta su nivel más bajo en muchos años y alcanze un 1,1% del PIB en la Unión y 0,8% en la zona del euro. Más información en la pagina específica la Comisión europea (en inglés) Ágora de los ciudadanos en el Parlamento Europeo para debatir del futuro de Europa: enfrentar las opiniones y las propuestas de los ciudadanos acerca del futuro de la Unión Europea mediante el encuentro de redes de asociaciones, organizaciones y sindicatos con los representantes elegidos del pueblo, tal es el propositio de la primera Ágora de los ciudadanos qui se reunio en la sede del Parlamento europeo los 8 y 9 de noviembre de 2007. 400 representantes de asociaciones y organizaciones estabán presentes con el fin de debatir sobre los siguientes temas: desafíos, oportunidades e instrumentos ofrecidos por los nuevos Tratados. Un segundo Ágora se reunirá a principios del año próximo para debatir de otros temas, tales como el cambio climático y la dimensión social de la Unión Europea. El Parlamento presenta la iniciativa como un medio de abrir un amplio díalogo entre los eurodiputados y los ciudadanos para responder a las peticiones de mayor implicación de los ciudadanos : « El Ágora puede aportar una contribución, fundamentalmente a los diputados, a la hora de elaborar los informes en las comisiones parlamentarias; es decir, antes de que un tema concreto se debata en una comisión parlamentaria. Sus debates se centrarán en los problemas prioritarios del orden del día del Parlamento que tengan repercusiones claras en la vida diaria de los ciudadanos. Así contribuirá a arrojar luz sobre problemas que, con demasiada frecuencia, quedan confinados en las negociaciones con los grupos de representación de intereses ». Más información :
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