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Las noticias de la Uniòn Europea relativas a las acciones,
reglamentos y directivas adoptadas en diciembre de 2010 estan
presentadas segun un orden cronològico, de la mas reciente a la mas antigua
.
Ver tambien
las
noticias breves de enero de 2011
Un cargador único para móviles: quien
se ha iritado un día al no poder recargar la batería
de su móvil por no disponer del cargador compatible apreciará seguramente de
saber que los organismos
europeos de normalización han presentado, a finales de diciembre, los
estandares armonizadas necesarios para la fabricación de teléfonos móviles
compatibles con un cargador común.
Además de facilitar la vida de los usuarios, el cargador único
permitirá de reducir los residuos ya que no srra más ecesario de
cambiar de cargador cada vez que se cambia de móvil.
La industría debe ahora cumplir su compromiso de fabricar
teléfonos compatibles con el nuevo cargador (el acuerdo de junio de 2009, fue
firmado por Apple, Emblaze Mobile, Huawei Technologies, LGE, Motorola Mobility,
NEC, Nokia, Qualcomm, Research in Motion (RIM), Samsung, Sony Ericsson, TCT
Mobile (ALCATEL), Texas Instruments y Atmel).
La Comisión Europea espera que los primeros cargadores únicos
y teléfonos móviles compatibles con las nuevas normas srean
comercializados en el mercado europeo durante el primer semestre de 2011.
La
supervisión de las agencias de calificación crediticia se refuerza: el
Reglamento por el que que se otorga a la Autoridad europea de de
valores y Mercados (AEVM) la competencia de controlar las agencias de
calificación crediticia acaba de ser aprobado por el Parlamento Europeo el
15/12/2010. La AEVM podrá, por ejemplo, efectuar inspecciones in situ sin previo
aviso. De aqui a 2014 se deberá realizar como minimo una investigación en cada agencia de
calificación. La AEVM tendrá,
en particular, el poder de imponer multas que podrán alcanzar el 20% del
volumen de negocios del año anterior, en función del tipo de infracción, de la
importancia de la agencia y de la existencia de circunstancias
agravantes o atenuantes. El Consejo debería aprobar oficialmente el texto
proximamente.
La
Comisión ha propuesto recientemente reforzar aún estas normas.
Cabe
destacar que las agencias de calificación crediticia no tienen buena fama incluso
en ciertas esferas europeas. El Comité Económico y Social europeo hizo público el
09/12/2010 un dictamen muy critico sobre las agencias de calificación
crediticia. En los considerandos de dicho dictamen se preconiza además que laas
agencias ya existentes no tengan derecho a evaluar la deuda soberana de los
Estados. El autor del dictamen, Carmelo Cedrone (Grupo “Trabajadores”, Italia), afirmó: “Muy a menudo, las
valoraciones de la deuda soberana establecidas por las agencias causan la
especulación, ya que dichas valoraciones no son objetivas. Pensamos que no es
necesario autorizar las agencias a formular este tipo de juicios”. El
CESE pide también la creación de agencias independientes a nivel europeo. Aboga
por una reglamentación más
estricta y un refuerzo de la supervisión, con motivo de que las
agencias son en gran parte responsables de haber subestimado los
riesgos de ciertos productos financieros y por consigiente de la
perturbación de los mercados financieros.
Adopción
del presupuesto de la Unión Europea para 2011: el 15/12/2010, los eurodiputados
dieron por fin el visto bueno al presupuesto europeo para 2011. El presupuesto
respeta los límites globales aceptados por el Consejo: 141,8 mil millones de
euros de créditos de compromiso y 126,5 mil millones de euros de
créditos de pago.
Algunos créditos se reparten de forma diferente.
En
cambio, el Parlamento ha logrado un acuerdo “político” con el Consejo y la
Comisión. Las principales peticiones del Parlamento se refieren a su papel
en las negociaciones y la fijación del marco financiero plurianual y a la
creación de nuevos recursos propios. La Comisión Europea se ha comprometido en
presentar una propuesta formal sobre estos últimos antes de julio de 2011. Asi
pués, las propuestas relativas a los recursos propios se debatirán al mismo
tiempo que las futuras perspectivas financieras. En cuanto a la participación
del Parlamento en estas cuestiones, sigue siendo discutida, el Parlamento
manteniendo que está prevista por el Tratado de Lisboa, cuando varios estados
defienden la opinión contraria.
Adopción del Reglamento sobre la
ley aplicable a los divorcios internacionales: el Parlamento Europeo aprobó el
15/12/2010 el Reglamento por el que se precisa la ley aplicable a los divorcios
de parejas cuyos miembros tienen distinta nacionalidad. Las nuevas normas
entrarán en vigor en 18 meses.
Comunicación
de documentos: ¿Pueden los Estados oponerse a la comunicación por la Comisión
de documentos que estan en su poder? No, responde el Defensor del Pueblo
Europeo, el 15/12/2010 con motivo de la conclusión de un asunto cuyos
protagonistas eran el Estado español y la Oficina europea del
medio ambiente (OEMA), una confederación de organizaciones de ciudadanos por el
medioambiente. Esta última había solicitado a la Comisión Europea acceso a
documentos internos relativos a la aprobación del proyecto de construcción del
puerto industrial de Granadilla, Tenerife, un
proyecto controvertido. La Comisión se había negado, con
motivo de objeciones emitidas por las autoridades españolas, a raiz de que la
OEMA había presentado una reclamación al Defensor
del pueblo europeo. Este ultimo dictaminó que los
Estados miembros no pueden vetar sobre la difusión de documentos en poder
de la Comisión y que España no había proporcionado argumentos convincentes
para oponerse a esta difusión. La Comisión aceptó el
dictamen del Mediador y reveló los documentos en cuestión.
La iniciativa ciudadana será operativa a partir de 2012:
el Reglamento relativo a la iniciativa ciudadana prevista por el artículo 11-4
del Tratado de la Unión Europea se adoptó por fin el 15/12/2010. A
petición del Consejo, entrará en aplicación un año después de su publicación en
el Diario Oficial de la Unión Europea: las primeras iniciativas podrán
examinarse a partir de 2012. ¿Por qué este plazo? Porque es necesario que todos
los países adapten su legislación. Pero se plantea el problema de las
iniciativas ya presentadas y, en particular, de la petición sobre las
OMG organizada por Greenpeace y que obtuvó el millón de firmas requeridas
según la organización. Para saber más, veanse el artículo : la iniciativa ciudadana será operativa a partir de 2012
Diferencias de poder adquisitivo en la Unión Europea:
EUROSTAT, la Oficina Estadística de la Unión Europea publicó el 15/12/2010 las
estadísticas relativas al poder adquisitivo de los europeos en 2009. Con
relación a la media comunitaria, los porcentajes van del 44%
al 271% de la media. Francia,
Italia y España
registraban un PIB per cápita superior de 0% a
10% a la media, Rumania y
Bulgaria se situaban entre 50% y 60% bajo
dicha media, Luxemburgo en 171% de a media.
Normas de competencia modificadas para los acuerdos de
cooperación horizontal: se llaman acuerdos de cooperación
horizontal los acuerdos concluidos entre empresas competidoras, por
ejemplo para cooperar en los ámbitos de investigación y desarrollo, de
producción, de compra, de comercialización, normalización o intercambio de
información. La cooperación de "carácter horizontal" puede producir
ventajas económicas importantes al permitir a las empresas adaptarse a
presiones competitivas crecientes y a un mercado en constante evolución. Pero
la cooperación horizontal puede también crear problemas
de competencia. Por esos motivos,dichos
acuerdos se someten a normas de derecho de competencia adaptadas.
La Comisión Europea anunció el 14/12/2010 una revisión de
estas normas particulares (que toman la forma de directrices y Reglamentos de
exención por categoría), en particular por lo que se refiere a normalización, intercambio de información, investigación y desarrollo.
Para más información, ver la página especifica de la Comisión.
Derechos de los imputados
en los procedimientos penales: el 03/12/2010, el Consejo adoptó la Directiva relativa al derecho a la
información en los procedimientos penales. Este texto preve que las personas
que se sospechan haber cometido una infracción penal deberán ser
informadas de sus derechos en una lengua que entiendan. La policía y la
fiscalía tendrán que dar a toda persona detenida - o que
es objeto de una orden de detención
europea – una declaración de derechos en la que se
enuncien sus derechos fundamentales durante el proceso penal (derecho a la
asistencia letrada, derecho a ser informado de los cargos y, cuando proceda, a
tener acceso al expediente del asunto, derecho a la interpretación y a la
traducción para quienes no comprendan el idioma de
procedimiento, derecho a comparecer ante un juez con
rapidez tras la detención…).
Esta información deberá proporcionarse a todos los sospechosos,
independientemente de si la solicitan o no.
Un modelo de declaración ha sido enviado por la Comisión europea
a los
estados. Se traducirá a 22 idiomas de la Unión.
En la actualidad, 12 Estados dan tal información.
Esta Directiva forma parte de un conjunto de medidas destinadas a
reforzar los derechos de los ciudadanos de la UE y establecer normas comunes,
de acuerdo con la Carta de derechos fundamentales y en particular los
artículos 47 y 48 sobre los derechos a un juicio imparcial y a la
defensa.
Una primera directiva tiene por objeto el derecho de los
sospechosos a la traducción y a la interpretación. El Consejo ya la ha
aprobado.
Otras medidas deberían seguir en 2011: propuesta de directiva
sobre el derecho a a la asistencia letrada, y propuesta relativa al derecho a
comunicarse con familiares, empleadores y autoridades consulares.
El Parlamento Europeo debe ahora emitir su dictamen sobre el
texto.
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