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Las noticias de la Uniòn Europea relativas a las acciones,
reglamentos y directivas adoptadas en julio de 2009 estan
presentadas segun un orden cronològico, de la mas reciente a la mas antigua
.
Ver tambien las noticias
de actualidad europea de agosto
Especies y hábitats amenazados en la Unión Europea: en un
informe publicado el 13/07/2009, la Comisión Europea hace balance del estado de
conservación de 1 182 especies y 216 tipos de
hábitats protegidos por la legislación comunitaria sobre la biodiversidad. No
se puede calificar de positivo puesto que
la Comisión destaca que “solo un pequeño porcentaje de esos hábitats y
especies vulnerables ha alcanzado un buen estado de conservación”.
En
particular, el estado los tipos de hábitats de prados, costeros y
humedales es muy preocupante. En cuanto a los primeros, que están asociados a modelos de
agricultura tradicionales que están desaparaciendo en la Unión Europea,
sólo un 7% de las evaluaciones realizadas spbre ese
tipo de hábitat son favorables, contra un 21% por lo que se refiere a los
hábitats no asociados a agricultura. La Comisión subraya que esta situación se
explica por la evolución hacia una agricultura más intensiva, el abandono
de la tierra y a la mala gestión del suelo. Los humedales sufren también
los efectos del cambio climático. En cuanto a los hábitats costeros, el turismo
amenaza directamente su conservación.
Sin embargo, el informe
consta de algunos resultados positivos debidos
a los esfuerzos emprendidos: algunas especies como el oso pardo, el lobo y
el castor estan recuperandose y se restablecen por si mismas en numerosas
regiones. La Comisión opina que eso significa que existen los habitats
adecuados y que se han reducido algunas presiones negativas, como la caza y la
contaminación.
Habida cuenta de estos resultados, el informe pide
a los Estados intensificar sus esfuerzos para hacer aplicar las
normas comunitarias. Algunos de ellos en particular deberán
tambien demostrar más vigilancia y/o transparencia. En efecta, el informe destaca que en el conjunto de las
evaluaciones, el estado de conservación de un 13% de los hábitats regionales y
de un 27% de las especies regionales se notificó en la categoría “desconocido”.
Esta calificación suele ser más frecuente en los resultados transmitidos por
países de Europa del sur, como Chipre, Grecia, España y Portugal. En dichos
países más del 50% de las especies se clasificarón “desconocido”.
Nueva actualización de la
lista negra de las compañías aéreas: el 13/07/2009, la Comisión aprobó una
nueva revisión de la lista comunitaria de las compañías aéreas prohibidas en la Unión europea. Las
compañías Garuda
Indonesia, Airfast Indonesia, Mandala Airlines, Premiair, y One Two Go han sido retiradas de la
lista trás haber "mejorado satisfactoriamente sus condiciones de
seguridad". La lista comunitaria cuenta con nueve transportistas
cuyas actividades están prohibidas en la Unión europea : Air Koryo (de la
República Democrática Popular de Corea o RPDC), Air West (Sudán), Ariana Afghan
Airlines (Afganistán), Siem Reap Airways International (Camboya), Silverback
Cargo Freighters (Ruanda), Motor Sich, Ukraine Cargo Airways, Ukrainian
Mediterranean Airlines y Volare (Ucrania). Numerosas
otras compañias está autorizadas para operar bajo determinadas restricciones
y condiciones. La nueva lista se puede consultar en el sitio web de
la Comisión
Un Presidente polaco para el Parlamento Europeo: el
14/07/2009, se eligió al eurodiputado polaco Jerzy Buzek (grupo PPE) Presidente
del Parlamento Europeo, por una amplia mayoría (555 votos, o sea 86% de
los 644 sufragios expresados) bien superior a la mayoría requerida (mayoría
absoluta de los sufragios expresados o sea 323 voces). El nuevo Presidente
ejercerá su función para la primera mitad de la VII legislatura o sea hasta
enero de 2012. Al cabo de este periodo se designará un Presidente procedente
del Grupo socialista, conforme con el acuerdo celebrado entre los dos
principales grupos parlamentarios (PPE y PSE).
Jerzy Buzek es el primer Presidente del Parlamento Europeo
originario de un país del Este.
Islandia de camino hacia la adhesión: en una rueda
de prensa celebrada en Bruselas el 27 de julio de 2009, Carl Bildt,
Ministro sueco de Asuntos Exteriores anunció que el Consejo de Ministros de la
Unión Europea había dado luz verde a la transmisión de la candidatura
islandesa a la Comisión europea. Ésta deberá elaborar un informe relativo
al sistema jurídico, económico y político de Islandia, lo que puede llevar más
de un año.
Una vez transmitido el informe al Conbsejo y al Parlamento
europeo, estos decidirán si acaptan a islandia como candidato oficial y solo
entonces podrán abrirse les negociaciones oficiales sobre las condiciones de
adhesión.
Islandia había presentado oficialmente su
candidatura a la adhesión unos días antes. Ciertos comentaristas enfatizarón
la rapidez de la decisión del Consejo en
comparación con la lentitud que padecen los expedientes de algunos países
de los Balcanes cuya candidatura se depositó anteriormente. En respuesta, la
Presidencia sueca de la Unión europea garantizó que no habría un procedimiento
acelerado para Islandia y un trato de favor para este país. Sin embargo,
habida cuenta del hecho de que Islandia ya aplica la mayoría de las
directivas europeas, en su calidad de miembro del Espacio Económico Europeo, el
procedimiento de adhesión debería ser más rápido en la medida en que la
integración del acervo comunitario ya esta muy adelantada. Comentaristas alegan
que el acceso directo a la región ártica que resultaría de la adhesión es
también un argumento favorable para la solicitud islandesa.
Revisión del Reglamento
sobre la coordinación de los regímenes de seguridad social en la UE: El Consejo y el Parlamento europeo adoptarón la revisión
del Reglamento no. ° 1408/71 de 14 de junio de 1971 y de su Reglamento de aplicación que garantizan a los europeos que
se desplazan en la UE para trabajar o residir en otro país miembro, así como
para vacaciones, la continuidad de su protección social para que el ejercicio
de su derecho a la libre circulación no les cause perjuicios.
Desde 1971, los textos se modificarón en varias ocasiones para adaptarse a la
evolución y incorporar la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las
Comunidades Europeas. Dichas revisiones aumentarón la complejidad de las normas
de coordinación. Por esa razón se adoptó
el Reglamento 883/2004 de 29/04/2004
que deroga al Reglamento 1408/71 y su Reglamento de aplicación
adoptado hace poco.
La reforma amplía el ámbito de aplicación de las normas que se aplican tanto
a trabajadores y sus
familias como a las personas que no tienen, no han tenido o no tienen
todavía un empleo. tambien se aplia el ambito de aplicación a
nuevas prestaciones : prestaciones de paternidad y prejubilación.
Otra caracteristica novedosa es la reforma de los instrumentos y
de los
procedimientos de coordinación de los sistemas de seguridad social para
mejorar el servicio prestado a los usuarios. Así pues, se establecerá una nueva
red de información para que los organismos de los distintos países puedan
dialogar e intercambiar información por vía electrónica. Se preve de
suprimir los formularios papel desaparecerán y de reducir las gestiones
que los ciudadanos deben emprender.
En caso de dificultad de interpretación o de
aplicación de los reglamentos, si existe, por ejemplo, une diferencia de vista
entre dos organismos nacionales sobre el punto de saber que legislación de
seguridad social debe aplicárse a una persona, esta será afiliada a un régimen
de seguridad social el tiempo que sea necesario para que las instituciones se
pongan de acuerdo sobre una solución. Eso evitará penalizar la persona
afectada puesto que durante este período se benficiará de los
cuidados y de las prestaciones otorgados en el marco de un régimen legal.
Nuevos compromisos de Microsoft :
la sociedad informática que ya fué castigada con severedidad por
haber violado el derecho europeo de la competencia, permanece en apuros. Tal
vez sea la razón que la empujó a presentar nuevas consesiones
a la Comisión, el "Cerbero" europeo de la competencia.
El 24/07/2009 pués, la Comisión
hizó publica la propuesta de Microsoft de permitir a los usuarios de europeos
de poder seleccionar el navegador web que prefieren como complemento a Windows
7, desactivando el navegador internet Explorer. Además, los
ordenadores vendidos con windows podrán
proporcionar cualquier navegadore.
El anuncio es obviamente una victoria para la
Comisión Europea y también para los consumidores.
Otra gran sociedad norteamericana podría tener
próximamente problemas con las instituciones europeas. Se trata de Google cuya biblioteca digital se
enfrenta a la oposición de autores y editores. Estos
culpan a Google de una infracción a gran escala de los derechos de propiedad
intelectual. El convenio firmado por Google en Estados Unidos con
representantes del sector no ha puesto fin a la polemica que se traslada ahorra
en Europa.
Los oponentes abogan que el contrato propuesto por Google da
a la sociedad un control demasiado extenso sobre la utilización de los
copyrights, en particular, por lo que se refiere a las obras huérfanas y las
ediciones agotadas. La Unión Europea lleva a cabo una consulta con los
profesionales para saber si las condiciones propuestas por Google a los
editores americanos pueden afectar al derecho de la propiedad intelectual en la
UE. Esta consulta debe prolongarse hasta principios de septiembre.
Acuerdo sobre el acceso de las autoridades estadounidenses a
los datos bancarios (asunto SWIFT): el
24/07/2009, el Consejo de Ministros de la Unión Europea autorizó la apertura de
negociaciones con los Estados Unidos para llegar a un acuerdo sobre el acceso
de las autoridades estadounidenses americanas a los datos personales detenidos
por la red "Swift" (veanse la información breve
en esta web). Esta
decisión toma la forma de un mandato de negociación otorgado a la Comisión
Europea. ha sido y sigue siendo muy criticada en particular
por el Grupo parlamentario de los Verdes que culpan la Comisión y el
Consejo de actuar sin consultar al Parlamento cuando el acuerdo amenaza los
derechos fundamentales de los ciudadanos europeos.
Según el Comisario Jacques Barrot, no se trata de dar
un "cheque en blanco" a los Estados Unidos. Destaca que el
acuerdo solo es temporal y destinado a durar algunos meses.
El nuevo Parlamento Europeo: antes de tomar vacaciones
y reanudar sus trabajos a finales de agosto, los eurodiputados tenían que
llevar a cabo varias tareas: formar las comisiones parlamentarias, elegir
el Presidente y examinar algunos expedientes entre los cuales el
nombramiento del futuro Presidente de la Comisión Europea.
Ayudas de reestructuración a los bancos: el 23/07/2009,
la Comisión Europea hizó públicas directrices sobre las ayudas de reestructuración a los
bancos, que estarán en vigor hasta el 31/12/2010. El artículo 87§3, b del Tratado
sobre la Comunidad Europea permite la atribución de ayudas estatales, de manera
temporal, cuando existe una “grave perturbación de la economía de un Estado
miembro”.
Las
ayudas proporcionadas por los Estados deberán respetar una serie de
principios esenciales:
los bancos subvencionados deberán volver a
ser viables a largo plazo sin nuevas ayudas públicas;
los bancos y sus proprietarios deben asumir
una parte equitativa de los costes de reestructuración;
deben tomarse medidas para limitar el
falseamiento de la competencia en el mercado único.
La comunicación por la que se enumeran estas directrices
puede consultarse sobre la página especifica de la Comisión Europea.
Informe sobre los progresos realizados en materia de
desarrollo sostenible: el
24/07/2009, la Comisión Europea hizo pública una primera evaluación de los
resultados alcanzados en el marco de la aplicación de la estrategia de la Unión en favor
del desarrollo sostenible decidida hace tres años. El informe cita varios
"avances positivos", tal, por ejemplo, el paquete legislativo sobre
energía y cambio climático de diciembre de 2008, las medidas en favor de
transportes más ecológicos, la mejora de la eficencia energética de los
edificios, la revisión de las directivas sobre el
diseño energético y la etiqueta ecológica, etc…
Para contrapesar las practicas que obstaculizan el
desarollo sostenible, el informe hace hincapié en llevar a cabo una estrategia
de crecimiento ecológico inteligente que compensará las pérdidas de empleos
debidas a la crisis actual.
Para más información, veanse la
página especifica de la Comisión
Fin de los vertederos que no cumplen las normas: los países
que aún no han puesto los vertederos de conformidad con la legislación
comunitaria no se benefician más de prórrogas desde el 16/07/2009 (excepto
algunos países: Bulgaria, Polonia,
Rumania). Este día venció en efecto el plazo para que los
vertedros de la Unión europea pasen a respetar las disposiciones de la Directiva 1999/31 relativa al vertido de residuos.
A pesar de haber tenido un plazo de ocho años para
preparar este cambio y cerrar o adaptar los vertederos existentes,
algunos Estados llevan retrasos importantes y hace poco, la Comisión incoó acciones judiciales contra
España, Francia, Italia, Irlanda y Grecia. El Tribunal de Justicia de las
Comunidades Europeas consideró que estos países no habían respetado las
obligaciones que les incumben en materia de vertido de los residuos. La
Comisión anuncia que va a presionar los Estados que siguen incumpliendo sus
obligaciones.
La Comisión recuerda
también que a partir del 16/07, los Estados miembros deben reducir la cantidade de residuos urbanos
biodegradables puestos en vertederos en un 50% con relación a los niveles
de 1995. Eso supone, en la práctica, recurrir al compostaje o a la incineración
con recuperación de ernegía.
Tribunal
competente en caso de divorcio de cónyugues de nacionalidad diferente: determinar
que jurisdicción nacional es
competente en materia matrimonial cuando existen puntos de connexión con
diferentes estados : este el objeto del Reglamento comunitario n° 2201/2003 de 27 de noviembre de 2003,
relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones
judiciales en materia matrimonial.
En materia de disolución del vínculo
matrimonial, el Reglamento
enuncia una serie de criterios relativos a la residencia habitual de
los cónyugues y un criterio de nacionalidad a fin de saber que tribunal es
competente.
Una sentencia reciente
del Tribunal de justicia de las Comunidades Europeas permite contestar a esa
pregunta. Dos cónyugues que tenían la doble nacionalidad húngara y francesa y
residían en Francia desde el principio de su matrimonio, habían pedido el
divorcio, el uno ante un juez hungaro, el otro ante un juez francés. El
tribunal húngaro pronunció el divorcio el primero, a raiz de que el juez
francés de primera instancia se declaró incompetente para pronunciarse sobre la
accion. Pero trás recurso de apelación, el juez de la cour d'appel, declaró que
no podía reconocerse en Francia la sentencia del tribunal hungaro con motivo de
que la competencia de este ultimo era "muy endeble" mientras que la
competencia del juez francés, siendo la del país de residencia, era
"particularmente sólida". El asunto llegó ante el Tribunal de
Justicia de las Comunidades Europeas a fin que interprete las reglas de
competencia previstas por el reglemento 2001/2003 y diga que criterio de
competencia debía favorecerse en ese caso particular.
El TJCE
juzga que, cuando ambos cónyugues poseen la misma doble
nacionalidad, el Reglamento se opone a que se excluya la competencia de los
tribunales de uno de dichos Estados miembros con motivo de que el demandante
no tiene otros puntos de conexión con este Estado. Por lo tanto, los
tribunales de los Estados miembros cuya nacionalidad posean los cónyugues
son competentes en virtud del Reglamento, y estos últimos pueden eligir
presentar la demanda ante los tribunales de cualquier de los dos estados
(TJCE, 16/07/2009,asunto
C-168/08, László Hadadi/Csilla Márta Mesko)
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