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Las noticias de la Uniòn Europea de los meses de febrero,marzo y abril 2003 estan presentadas segun un orden cronològico, de la mas reciente a la mas antigua .


Firma del tratado de adhesiòn en Atenas :  el 16 de abril de 2003 sera una fecha importante en la historia de la construcciòn europea. En efecto, ese dìa se ha firmado el tratado de adhesiòn por el cual 75 miliones de europeos del este se unen a los 380 miliones de ciudadanos de la Union Europea. Con el lirismo de las declaraciones celebrando ese acontencimiento se ha intentado ocultar las recientes discordias , aunque ciertas alusiones veladas las recordaban. Por ejemplo, J.Chirac ha declarado : " La Union europea no es solo un gran mercado, polìticas comunes, una moneda ùnica y un espacio de libre circulaciòn. Es sobre todo una ambiciòn colectiva, disciplinas compartidas, la afirmaciòn de una solidaridad, el cuidarse por su familia europea… ". Tambien se ha evocado a Irak durante la cumbre y una declaraciòn comun ha sido adoptada. Pide que la ONU tenga un " papel central " en la fase de reconstrucciòn y afirma de nuevo la voluntad de la Union Europea de desarrollar una contribución activa en el proceso de estabilización de Irak tras la guerra. (Màs informaciòn sobre la ampliaciòn en esta web La ampliaciòn de la Uniòn Europea, caos o obra maestra ?)

Primeras votaciones sobre la ampliaciòn :  el 12 de abril de 2003, los ciudadanos hùngaros han votado " si " a la adhesiòn de su paìs a la Union Europea por mayorìa de 83,8% , pero el referendum se ha caracterizado por una abstenciòn importante. El referendum hùngaro sigue la votaciòn del 23/03/2003 en Eslovenia (90% de si) y del 08/03/2003 en Malta (53,6% de si) .

Debate en el Parlamento Europeo sobre la crisis iraki :  el Parlemento Europeo ha recordado su desacuerdo con una intervenciòn unilateral de los Estados Unidos y sus aliados en Irak. Durante este debate el Comisario cargado de las relaciones exteriores, Chris Patten, ha prevenido : " Serà mucho màs dificil para la Uniòn Europea de contribuir plenamente al proceso de reconstrucciòn …si los acontencimientos se desenrollan sin estar bajo la responsabilidad de las Naciones Unidas y si los estados miembros siguen siendo divididos ". El comisario ha enfocado tambien las consecuencias negativas de la crisis sobre el proceso de ampliaciòn de la Uniòn : " No se debe poner en duda la vocaciòn europea de algunos estados por el hecho de que existen divergencias sobre Irak. Pero la adhesiòn a la Uniòn supone una elecciòn existencialista de parte de los futuros estados miembros. Con ello acceptan de renunciar a acciones que podrìan ser contrarias a la acciòn internacional de la Uniòn Europea. Esa es la responsabilidad de todos los estados miembros, incluìdos los candidatos ". (Parlemento Europeo, debate del 12/03/2003)

Presupuesto comunitario :  la Comisiòn ha adoptado su estrategia para 2004. El objeto es de definir un marco para las polìticas comunitarias y los recursos a fin de elaborar el ante proyecto de presupuesto. La gestiòn del proceso de ampliaciòn, la estabilidad y el desarollo duradero son las tres prioridades. La primera exige recursos financieros suplementarios para finanzar la extensiòn de los programas existentes y de las medidas transitorias (por ej : ayudas al reforzamiento de las capacidades administrativas e institucionales de los nuevos miembros). Los crèditos presupuestarios para 2004 podrìan alcanzar 111 000 miliones de euros (11 000 para la ampliaciòn) (comunicados del 5/03/2003)

Acuerdo sobre la patente comunitaria :  tràs muchos años de negociaciones, el Consejo ha logrado un acuerdo para crear la patente comunitaria. Ese texto recoge los principios y características principales del sistema jurisdiccional de la patente comunitaria, el régimen lingüístico, los costes, el papel de las oficinas nacionales de patentes y la distribución de las tasas. Falta todavìa definir las modalidades tècnicas (relato de los trabajos del Consejo Competitivad, Mercado Interio, Industria e Investigaciòn del 03/03/2003)

El recurso de la FENIN desestimado por el Tribunal de Primera Instancia :  la FENIN (Federación Nacional de Empresas de Instrumentación Científica, Médica, Técnica y Dental) suministra productos sanitarios destinados a los hospitales a los organismos gestores del sistema de salud español (SNS). La FENIN se quejaba del retraso con que se abonan los productos (un plazo medio de 300 dìas) sin que sea posible ejercer una presiòn contra los organismos gestores ya que ocupan una posiciòn dominante. Por consiguiente, la FENIN habìa denunciado los organismos gestores ante la Comisiòn invocando un abuso de posiciòn dominante. Habiendo sido desestimada su denuncia , la FENIN interpuso un recurso ante el TPI contra la decisòn de la Comisiòn. El Tribunal da la razòn a la Comisiòn por juzgar que los organismos gestores del SNS no constituyen una empresa en el sentido del derecho comunitario de la competencia ya que no puede considerarse que una entidad que compra un producto para utilizarlo en el marco de una actividad no económica constituya una tal empresa . No se puede entonces invocar la aplicaciòn de las reglas comunitarias de la competencia (sentencia del 04/03/2003, asunto T-319/99, FENIN/Comisiòn)

Una tarjeta sanitaria europea en el 2004:  hoy en dìa ,quien translada su residencia en un otro paìs de la Uniòn,sea por viajar o por trabajar, necesita proveerse de varios formularios como el E111, para recibir atención médica. A partir del 01/06/2004 solo existirà una tarjeta sanitaria europea que sustituìra , de forma progresiva,a los formularios E111 (estanzias cortas), E128 (trabajadores desplazados),E110 (profesionales del transporte internacional por carretera),E 128 (estudiantes)o E119 (trabajadores en busca de empleo). En una fase ulterior, esa tarjeta se cambiara en una tarjeta de lectura electrónica para simplificar los procedimientos. Màs informaciòn : http://europa.eu.int/ comm/employment_social/news/2003/feb/hicard_en.html

Perros y gatos sin fronteras :   El 18/02/2003, el Consejo y el Parlamento han aprobado la propuesta de reglamento relativa a un sistema para facilitar los desplazamientos con animales domèsticos en la Uniòn (salvo en Irlanda, Suecia y Reino Unido). Solo sera exigida una vacuna contra la rabia .Una señal elèctronica (o un tatuaje durante un periodo transitorio de 8 años) permitira de identificar el animal vacunado. Reglas màs estrictas se aplicaran a los animales domèsticos procedientes de paìses terceros. Irlanda, Suecia y el Reino Unido disponen de un plazo de cinco años para aplicar el reglamento.

Declaraciòn comùn sobre la crisis iraki:  el 17/02/2003, el Consejo Europeo ha celebrado una reuniòn extraordinaria , a la iniciativa de la presidencia griega, para debatir de la crisis de Irak. El Consejo ha conseguido una declaraciòn comùn que trata de operar una sintesis entre las posiciones contrarias de los goviernos de Inglatera e España y de los gobiernos de Francia y Alemania.

Discriminacion en la tasacion de fondos extranjeros de pensiones :  la Comision opina que seis estados miembros deben reformar sus legislaciones fiscales a fin de suprimir ciertas disposiciones incompatibles con las reglas comunitarias de libre prestacion de servicios y de libre circulacion de trabajadores y capitales. Segun la Comision, esos estados ,entre los cuales se encuentra España,aplican un tratamiento fiscal diferente a las contribuciones abonadas a los fondos de pensiones con arreglo a su nacionalidad, reservando un tratamiento preferencial a los fondos nacionales. Ahora bien, el comisario cargado de los asuntos de fiscalidad y mercado interior, F.Bolkentstein, ha declarado el 5/02/2003 que " los trabajadores no deberían verse forzados por razones fiscales a suscribir un nuevo seguro de pensión cuando comienzan a trabajar en otro Estado miembro y los empleadores deberían poder crear fondos de pensiones paneuropeos ". De echo, la Comision ha presentado una propuesta de directiva sobre los fondos de pensiones a fin de crear a nivel europeo un marco cautelar del cual se espera un desarollo de la oferta de fondos pan europeos. Presentada en octubre de 2000, esa propuesta esta pendiente. Mas informacion en : http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/droit_com/index_en.htm

Entra en vigor el Tratado de Niza :  tras terminarse , con muchos apuros, el procedimiento de ratificacion en los diferentes estados , el Tratado de Niza ha entrado en vigor el 01/02/2003. La meta inicial de ese tratado era de preparar la ampliacion de la Union reformando el funcionamiento de las instituciones para ello. Ya se sabe que ese objetivo no fue logrado, obligando a crear una Convencion para terminar la reforma dejada en camino. Esta claro que ese tratado sera probablemente un texto transitorio…en esperas de la futura Constitucion de la Union (ver en este sitio web:El Tratado de Niza) .

Ya puede funcionar la Agencia europea para la seguridad maritima ::  el 29 de enero de 2003, el consejo de administracion de la Agencia ha nombrado el Sor Willem de Ruiter Director ejecutivo. La mision de la Agencia es de contribuir a mejorar las medidas existentes en la Union con arreglo a la seguridad maritima , asi como a reducir los riesgos de accidentes maritimos y de contaminacion en apoyo a la accion de la Comision y de los estados. Tambien esta cargada la Agencia de evaluar la eficacidad de las medidas en el ambito de la seguridad maritima.

Prohibicion de un colorante alimenticio:  la cantaxantina es un colorante cuyo que se usa para dar mas color a los salmones y a los pollos . Segun unas investigaciones cientificas, el consumo importante de ese colorante provoca problemas de vision. Por esa, la Comission, conforme con el principio de precaucion ha decido reducir la concentracion autorizada en los piensos y alimentos para animales (por ej : 25 mg/kg de alimentos para los salmones). Esa directiva ha sida adoptada el 27/01 y debe ser transpuesta en los estados lo mas tarde el 1 de deciembre de 2003 (directiva 2003/7 del 24/01/2003,Diario oficial de las comunidades europeas, L22 del 25/01/2003).

Concurso entre escuelas europeas:   en el marco de la " semana verde 2003 ", la Comision anuncio el 20/01/2003 el lanzamiento de un concurso de pintura y escultura entre establecimientos escolares de la Union Europea. Pueden participar al concurso de dibujos y pintura los alumnos de 5 a 11 años de edad. En cuanto a los alumnos de mas de eda (11 a 16), pueden participar al concurso de escultura. El tema del concuros de dibujo es el agua (el ciclo del agua, los efectos de la contaminacion sobre el ecosistema de los rios, las diferentes utilizaciones del agua en la sociedad,etc…). El tema para las esculturas es libre. Las obras deben ser enviadas a la Comision :DG del Medio Ambiente :http://greenweek.eun.org/ Para mas informacion, contacto : alexa.joyce@eun.org (T :+ 32 7907575). Web de la " semana verde " : http://europa.eu.int/comm/environment/greenweek/index.htm

España no respecta el derecho de acceso a la informacion sobre medio ambiente:  la directiva 90/313 relativa a la libertad de acceso a la información en materia de medio ambiente preve que los estados proporcionen al pùblico un acceso mas facil a la informacion en materia de medio ambiente que se encuentra en manos de los poderes pùblicos . La denegación no se justifica salvo en escasas excepciones (relacionadas con la seguridad nacional o la confidencialidad comercial…). Los poderes publicos disponen de un plazo de dos meses para responder a la solicitud de informacion.Segun la Comission, España no aplica plenamente ese texto. Eso ha justificado el envio a las autoridades españolas de un "dictamen motivado" , o sea una advertencia escrita que corresponde a la segunda etapa de los procedimientos de infracción (articulo 226 del Tratado CE). Ese procedimento tiene su origen en una denuncia presentada contra el gobierno de Cantabria por rechazar dos solicitudes de acceso a la información relativas la lista propuesta de sitios de interés comunitario en el marco del programa comunitario Natura 2000 y a una cantera situada en Izara (comunicado del 20/01/2003).

Fiscalidad de las plus valias de las acciones :   España aplica el impuesto sobre plusvalías a las acciones comercializadas en las bolsas españolas en condiciones más favorables (reducción del 25% del tipo impositivo) que a las acciones comercializadas en las bolsas de otros Estados miembros (reducción de 14,28%). Tras no haber logrado que las autoridades españolas reformen esa legislacion discriminatoria, la Comision ha decido remitir el caso al Tribunal de Justicia. Hay que recordar que los articulos 49 y 56 del tratado de la Comunidad europea relativos a los principios de de libre prestacion de servicios y de libre circulacion de capitales en la Union europea se oponen a las discriminaciones de trato (comunicado del 20/01/2003)

Denominacion " chocolate " :   la directiva 73/241, relativa a los productos de cacao y de chocolate destinados a la alimentación humana preve las reglas de comercializacion de esos productos, particularmente de etiquetado. España e Italia han sido condenandas por el Tribunal de justiciza por no haber repectado esa directiva. Los dos paises prohiben que productos conteniendo materias grasas vegetales otras que la manteca de cacao puedan ser comercializados bajo la denominacion " chocolate " e imponen la mencion " sucedàneo de chocolate " en el etiquetado. El Tribunal censura las normativas españolas e italianas con el motivo que son disproporcionadas y por eso,contrarias al principio de libre circulación de mercancías. Segun la sentencia, lo que caracteriza un producto con denominación "chocolate" es la presencia de determinados contenidos mínimos de cacao y de manteca de cacao y la adición de materias grasas vegetales no tiene el efecto de modificar sustancialmente la naturaleza de tales productos. Entonces, un etiquetado adecuado que informe de la presencia de materias grasas vegetales distintas de la manteca de cacao es suficiente para garantizar la informacion de los consumidores (CJE 16/01/2003, asuntos C-12/00 y C-14/00, Comision contra España e Italia). Es de notar que en 2000 ha sido adoptada una nueva directiva autorizando la adición de materias grasas vegetales distintas de la manteca de cacao hasta el 5 % como máximo (directiva 2000/36 cuya entrada en vigor sera junio 2003).

Un nuevo defensor del pueblo :   el 15 de enero, el Parlamento europeo ha nombrado el nuevo defensor del pueblo europeo. Se trata del Sor.Nikiforos Diamandouros.

Entrada en vigor del sistema de identificacion de los solicitantes de asilo:  llamado EURODAC, ese sistema funciona desde el 15 de enero de 2003.Se trata de de un mecanismo informatizado de registro de las impresiones dactilares de los solicitantes de asilo mayores de 14 años asi como de ciertas categorias de imigrantes ilegales, a su llegada en uno de los paìses miembros de la Union (salvo Dinamarca) y en algunos paìses terceros (Noruega e Islandia). EURODAC se compone de una unidad central establecida en la Comisiòn que gestionará una base central informatizada de datos dactiloscópicos para comparar las impresiones dactilares de los solicitantes de asilo, y de un sistema de transmisiòn de datos entre los Estados miem- bros y la base. Asi sera posible luchar contra las solicitudes de asilo mùltiples : si EURODAC indica que unas impresiones dactilares ya son registradas, el solicitante de asilo sera envìado en el paìs del registro, el cual sera el paìs competente para examinar la solicitud de asilo. A fin de protegir los derechos de las personas, el reglamento de EURODAC limita el acceso al sistema. Ademas, el sistema solo permite la comparaciòn biometrica, y no la utilizaciòn y conservaciòn de datos personales . Autoridades nacionales independientes y una autoridad europea tendran la mision de controlar que los derechos de las personas sean respectados (creacion de EURODAC :reglamento 2725/2000 del 11/12/2000 relativo a la creacion del sistema Eurodac para la comparacion de las impresiones dactilares) .

Nuevo programa comunitario para la renovaciòn urbana:  la Comisiòn ha adoptado ese programa en el marco de la iniciativa URBAN II para el desarollo duradero de las ciudades y barrios con dificultades. Durante el periodo 2000-2006, ese programa, llamado URBACT, obtendra una financiaciòn de 15,9 miliones de euros procedientes de los fondos estructurales a fin de favorecer el intercambio de buenas pràcticas entre las ciudades , particularmente gracias a la creaciòn de redes temàticas. URBACT va dirigido a más de 210 ciudades que se benefician o se hayan beneficiado de los programas URBAN I e II y de los proyectos urbanos de carácter piloto. La autoridad de gestiòn es francesa. Contacto : Ministère délégué à la ville et à la rénovation urbaine (Ministerio responsable de la ciudad y de la renovaciòn urbana),194, avenue du Président Wilson 93217 Saint Denis La Plaine Cedex ;M. Jean-Loup Drubigny tel : 1 47 04 11 23 ;E Mail : jl.drubigny@wanadoo.fr ;M. Gilles Garcia ,Responsable de la mission Europe :E-Mail : gilles.garcia@ville.gouv.fr

Prohibiciòn del arsènico en el tratamiento de la madera: a partir del 30/06/2004 a lo màs tarde,los productos de tratamiento de la madera utilizados por los consumidores ya no podran contener arsènico (utilizado actualmente para mejorar la conservaciòn) . Eso resulta de una directiva recien adoptada por la Comisiòn . Mas informaciòn : http://europa.eu.int/comm/ enterprise/ chemicals/markrestr/ongowk/recentmodif.htm

Nuevo programa europeo para mejorar la cooperaciòn transeuropea :  en el marco de los fondos estructurales, la Comisiòn ha adoptado un nuevo programa llamado INTERACT cuyo objetivo es de de apoyar la iniciativa de cooperaciòn transfronteriza INTERREG III. La financiaciòn del programa es de 25 miliones de euros hasta el 2006 (mas 10 miliones procedientes de los estados miembros). Mas informaciòn : Comité de seguimiento del programa : Verwaltungsbehörde INTERACT Republik Österreich - Bundeskanzleramt Abteilung IV/4 Koordination - Raumplanung und Regionalpolitik Hohenstaufengasse 3 A-1010 Wien ;E-Mail: iv4post@bka.gv.at
INTERACT Secretariat Vienna OIR-Managementdienste GmbHFranz-Josefs-Kai 27 A-1010 Vienna ;E-Mail: interact@oir.at

Tasas de registro de diseños y modelos comunitarios:  se ha publicado el reglamento relativo a las tasas de registro de los diseños y modelos comunitarios en la Oficina de Armonización del Mercado Interior.La tasa sera de 230 euros para inscribir un primero diseño o modelo , aplicandose una degresividad para los siguientes modelos o dibujos depositados en el mismo tiempo. Los titulares de diseños o modelos registrados gozaràn de un derecho exclusivo de utilizaciòn asi como de la posibilidad de prohibir la utilizaciòn en la Uniòn a toda persona tercera durante un periodo que podra durar 25 años, con la condiciòn de renovar el registro cada cinco años. Los costos de esa renovaciòn varian de 90 euros (primera renovaciòn) a 180 euros (cuarta renovaciòn). El registro sera posible a partir del 1/04/2003. (reglamento 2246/2002 del 16/12/2002 relativo a las tasas que se han de abonar a la Oficina de Armonizaciòn del Marcado Interior para el registro de diseños y modelos, DOCE L341 du 17/12/2002)

Acogida de los solicitantes de asilo:  el dìa 19/12/2002, el Consejo de la Uniòn ha adoptado una directiva de aproximaciòn de los sistemas nacionales de acojida de los solicitantes de asilo por la que se aprueban normas mínimas . Tras haber conseguido la autorizaciòn de quedarse en el paìs de acojida y en esperas que se terminen los procedimientos, los solicitantes podran beneficiarse de condiciones de acojida incluyendo alojamiento, alimento, ropa , subsidio para los gastos cotidianos. Se les proporcionara acceso a cuidados mèdicos, a informaciòn y documentaciòn, a la escolarizaciòn, y ,en ciertos casos, al mercado del empleo. Sin embargo la directiva es mas restrictiva que la propuesta inicial de la Comisiòn ya que limita los miembros de la familia del solicitante que podran ser incluìdos en la solicitud. Se trata del cònyuge (o ,con ciertas condiciones,de la pareja de hecho )del solicitante y de los hijos menores siempre que no estén casados y sean dependientes. Otras restricciones son la posibilidad ortogada a los estados de limitar la libertad de circulaciòn asi como la limitaciòn del acceso al empleo con arreglo a las legislaciones nacionales.Enfin, los derechos garantizados por la directiva benefician a los solos solicitantes de asilo (directiva 2003/9 del 27/01/2003, Diario Oficial de la Unión Europea del 6/02/2003 )

Pensiones :   en marzo de 2002, el Consejo Europeo de Barcelona habìa establecido el objetivo de elevar de cinco años la edad media en la que las personas cesan de trabajar para el año 2010. Las pensiones son un tema prioritario para las instituciones europeas como le demuestra el proyecto de informe presentado por la Comisiòn el 17/12/2002 para evaluar las estragias nacionales para garantizar unas pensiones adecuadas y viables. Segùn la Comisiòn, la mayorìa de los estados debe eforzarse mas en reformar sus sitemas para afrontar el reto del envejecimiento demográfico. Eso supone , por ejemplo, de elevar los niveles de empleo especialmente de las personas que cuentan entre 55 y 65 años, de elevar la edad efectiva de la jubilaciòn de modo que se acerque al nivel de la edad reglamentaria, o de desarollar regìmenes privados de previsiòn como complemento de las pensiones públicas. El informe sera sometido al Consejo de la Uniòn antes de ser presentado al Consejo Europeo de marzo de 2003. Es necesario recordar que los sistemas de pensiones son de la competencia de los Estados miembros, pero que estos tienen que respectar la regla de equilibrio de sus finanzas pùblicas conforme con el pacto de Estabilidad. Mas detalles sobre el informe :http://europa.eu.int/comm/ employment_social/news/2002/ dec/joint_pensions_report_fr.html

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