Información sobre la Unión europea

¿Que mercado único para mañana?

 

La Comisión Europea presentó el 20/11/2007 un conjunto de medidas para « modernizar » el mercado único europeo y que para que los europeos puedan obtener más beneficios de este.

Los retos son numerosos y importantes: la globalización exacerba la competencia entre los países a fin de atraer las inversiones y amenaza el modelo social europeo, la investigación y la innovación son insuficientemente fomentadas cuando constituyen una clave de la competitividad y son necesarias para lograr un modelo de desarrollo más respetuoso del medio ambiente, los consumidores, enfin, no estan todavía lo suficiente acostumbrados a comprar en otros países, lo que es facil de entender habida cuenta por ejemplo de las dificultades para obtener indemnizaciones más allá de las fronteras en caso de problema. De la misma manera, las pequeñas empresas suelen limitar su actividad a sus mercados nacionales respectivos.

En el "paquete" adoptado el día 20/11, la Comisión Europea propone pues una serie de iniciativas con el fin de comenzar un nuevo ciclo para el mercado único, otorgando una prioridad a los consumidores y a las pequeñas empresas (1).

 

Ayudar a los consumidores a ejercer sus derechos contractuales

Hoy en día, los consumidores pueden comprar en otros países de la Unión Europea sin tener que pagar aranceles o un IVA suplementario.

Se benefician de normas de protección vigentes en toda la Unión, como la garantía de requisitos de calidad cuando compran productos o alimentos , una información sobre los productos mediante las normas comunes de etiquetado, la posibilidad de devolver, de obtener la sustitución o la reparación de las mercancías que no se ajustan al contrato de venta., etc… Directivas específicas prohíben las prácticas comerciales desleales y la publicidad engañosa. La Comisión propone nuevas iniciativas para reforzar las garantías ofrecidas a los consumidores. Tal es el objetivo, por ejemplo, de la reciente propuesta de Carta europea de los derechos de los consumidores de energía (veanse en esta web la noticia breve de julio de 2007 ). Otras propuestas serán presentadas, así por ejemplo, nuevas reglas sobre el etiquetado de los alimentos o, en 2008, iniciativas a fin de instaurar recursos colectivos, permitiendo así que distintas personas en distintos países de la Unión europea puedan agruparse a fin de presentar ante la justicia la misma reclamación contra la misma empresa.

 

Asistir a las pequeñas empresas

La Comisión propondrá en 2008 una ley para las pequeñas empresas para reducir la burocracia, aumentar el acceso de las PYME a los programas europeos, reforzar su parte en los contratos públicos y reducir los obstáculos para las actividades transfronterizas. Propondrá tambien la creación de un estatuto europeo sobre la pequeña empresa.

 

Informar mejor a los empresarios y a los particulares mediante un nuevo "servicio único de asistencia en materia de mercado único"

Beneficiarse de la globalización

Con el fin de conseguir nuevos mercados, la Comisión, predica una « liberalización bilateral y multilateral" (en el marco de la Organización Mundial del Comercio - OMC -) siempre que sea compensada con "el respeto de los derechos de acceso a los mercados" y la cooperación internacional para lograr mayor convergencia reguladora. Eso requiere, en particular, de reiniciar las negociaciones de la ronda de Doha, y de utilizar todos los medios de la política comercial a fin de luchar contra las subvenciones y otras prácticas desleales. Estamos sin embargo aún lejos de las tesis defendidas por el Presidente francés que aboga por la "preferencia comunitaria".

 

Fomentar el conocimiento y la innovación en el mercado único

La Comisión Europea propone, por ejemplo, una nueva estrategia de normalización para contribuir a que los resultados de la I+D encuentren una salida en los mercados y a fomentar el uso de tecnologías que favorezcan un ahorro de energía. A fin de estimular la movilidad de los investigadores, la Comisián propndrá tambien un "pasaporte de investigadores". Enfin, la Comisión insiste en que avanze el proceso legislativo a fin de lograr un marco comunitario común de protección de las patentes (cabe recordar que las negociaciones relativas a la patente comunitaria no adelantan a pesar de haber sido iniciadas hace muchos años ).

 

Acabar el mercado único en los sectores en los que debe ser más eficaz y promover el comercio de servicios

Eso implica eliminar las barreras que permanacen, como lo hizó, por ejemplo, la Comisión recientemente en el sector de la telefonía móvíl mediante la regulación de las tarifas de la itinerancia telefónica. El sector de los servicios supone el 70% del PIB de la Unión Europea, el 68% del empleo y el 96% de los nuevos puestos de trabajo creados. Sin embargo, sólo supone el 20% del comercio en el interior de la Unión. La Comisión espera una mejora gracias a la entrada en vigor de la Directiva sobre servicios que debe transponerse al Derecho nacional para finales de 2009 y a las directivas sectoriales. Pero propone realizar más esfuerzos para promover la libre circulación del conocimiento y la innovación como «quinta libertad» en el mercado único. Por ejemplo, será necesario, pués, orientar los esfuerzos hacia las nuevas oportunidades que se ofrecen utilizando las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) creando servicios interoperables tales como la facturación, los contratatación pública en línea y la informatización aduanera.

 

Renovar la agenda social comunitaria

La Unión Europea puede intervenir en ámbitos particulares como juventud, oportunidades profesionales, seguridad y salud en el trabajo, igualdad de género, inclusión y no discriminación, movilidad y integración, cultura, participación y diálogo social. La Comisión présentará pués, una agenda social renovada a mediados de 2008.

 

Definir el punto de vista comunitario acerca de los servicios de interés general

La Comisión europea presenta una comunicación sobre servicios de interés general, incluidos servicios sociales de interés general.

La comunicación intenta aclarar el ámbito de aplicación de las normas comunitarias de competencia respecto a los servicios de interés económico general (aquellos servicios prestados a cambio de una remuneración tales como las telecomunicaciones, la energía, el transporte y correos) y a los otros servicios de interes general (servicios no económicos, que pueden entenderse como lo que en España se denomina servicios públicos).Tambien propone definir una estrategía para promover la calidad de los servicios sociales, tales como la vivienda social, el cuidado de los niños, el apoyo a las familias y a las personas dependientes.

En cambio, la comunicación no anuncia ninguna propuesta legislativa para definir un estatuto europeo de los servicios de interés general.

Los partidarios de esta subrayan que una regulación permitiría conseguir más seguridad júridica gracias a la aclaración de los conceptos de « servicios económicos de interés general » cubiertos por el derecho comunitario de competencia y de « servicios no economicos de interés general » en principio no cubiertos por este.

Hoy en día, el enfoque de la legislación comunitaria no es general sino sectorial ( directivas « postal », « elctricidad », « gas », « telecomunicaciones»…). La cuestión de saber si una prestación de interes general tiene , o no, un carácter económico se resolve al cabo de un análisis del caso concreto, con arreglo a la jurisprudencia del Tribunal de justicia. Este no tiene en cuenta el estatuto del organismo productor del servicio , tampoco el modo de financiación, sino el tipo de actividad basandose en criterios tales como la existencia de un mercado, de prerrogativas del poder público o de obligaciones de solidaridad, la existencia de una remuneración. Con arreglo a esa jurisprudencia, un mismo organismo puede proporcionar prestaciones que sean económicas y otras, no.

El concepto comunitario de servicios de interes general permanece pués bastante indeterminado e incierto el porvenir de los servicios no económicos, en particular, los servicios sociales..

Con el fin de serenar las autoridades encargadas de estos servicios, la Comisión se « compromete a proporcionar explicaciones sobre las reglas aplicables ». Pero se puede dudar que sean suficientes. En efecto, la Comisión reconoce la « situación particular » de los servicios sociales, ya que contribuyen a la realización de objetivos que son también los de la Unión Europea es decir la cohesión social, económica y territorial, un elevado nivel de empleo, la inclusión social. Pero habida cuenta que casi todas las actividades o prestaciones pueden representar un cierto valor económico, la Comisión considera tambien que los servicios sociales pueden entrar en el ámbito de aplicación del Derecho comunitario de competencia, según los casos (2).

El análisis "in concreto" abogado por la Comisión no convence los partidarios de una directiva europea de servicios públicos que consideran ser el único medio de poner fin a las incertidumbres actuales (3).

Pero la Comisión europea persiste en negarse a presentar tal propuesta. Opina que la adopción de una legislación general sobre los servicios públicos no es util, ya que el Tratado reformado (Tratado de Lisboa) constituíra un marco “transparente y fiable” para los servicios de interes general en la Unión europea, mediante un protocolo anexo. Dicho Protocolo (Protocolo n°9) dispone: “ Las altas partes contratantes,

Deseando enfatizar la importancia de los servicios de interés general, HAN CONVENIDO las siguientes disposiciones interpretativas, que figurarán anejas al Tratado de la Unión Europea y al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea:

Artículo 1

Los valores comunes de la Unión con respecto a los servicios de interés económico general con arreglo al artículo 14 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea incluyen en particular:

- el papel esencial y el amplio margen de maniobra de las autoridades nacionales, regionales y locales en el suministro, puesta en marcha y organización de servicios de interés económico general lo más cercanos posible a las necesidades de los usuarios;

- la diversidad de los servicios de interés económico general y la disparidad de las necesidades y preferencias de los usuarios que pueden resultar de las diferentes situaciones geográficas, sociales y culturales;

- un alto nivel de calidad, seguridad y disponibilidad, la igualdad de trato y la promoción del acceso universal y de los derechos de los usuarios.

Artículo 2

Las disposiciones de los Tratados no afectarán en modo alguno a la competencia de los Estados miembros en cuanto al suministro, puesta en marcha y organización de servicios de interés general que no sean económicos ».

Los partidarios de una directiva marco juzgan que este Protocolo no puede substituir una legislación comunitaria más detallada, ya que consta de demasiadas incertidumbres y confiere a la jurisprudencia la carga de colmar las lagunas. Destacan que "la jurisprudencia, que solo es una solución para un caso concreto, y que siempre evoluciona , no puede compensar la inercia legislativa de la Comisión cuyo deber, después del Tratado de Lisboa, es de proponer una Directiva marco".

En realidad, el papel de los servicios públicos en la Unión europea es un tema polémico que opone los partidarios del librecambio y los promotores de una Europa más social . Resulta pués facil para la Comisión de utilizar los desacuerdos entre los estados y el silencio de los ciudadanos (en un año, la campaña de recogida de firmas de la Confederación Europea de Sindicatos (CES) solo ha recogido un poco más de 520.000 firmas) para negarse a proponer una legislación.

18/12/2007

 


 

1 - Documentos incluidos en el paquete sobre el mercado único en la página de la Comisión europea

2 - Veanse en esta web los artículos :

Quelles règles pour les services sociaux d'intérêt général dans l’Union européenne ?

Libre choix des soins de santé dans l’Union européenne

3 - Veanse : por ejemplo :

Council of european municipalities and regions, Local and regional government still contest the Commission's views on public services, 29-11-07

Communiqué de l’AFCCRE (Association française du Conseil des Communes et Régions d’Europe) du 20/11/2007: EUROPE : LES COLLECTIVITES TERRITORIALES N'ONT PAS ETE ENTENDUES SUR LES SERVICES PUBLICS !

Campaña de recogida de firmas de la Confederación Europea de Sindicatos (CES) para reivindicar una directiva marco que regule los servicios de interés general en la Unión Europea : Por unos servicios públicos europeos de calidad

 

Jurisprudencia

 

  • Comentarios de sentencias del Tribunal de justicia de la Unión europea
  • Conclusiones de Abogados generales

 

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