Información sobre la Unión europea

¿Un Parlamento europeo, para que?

 

En el triángulo institucional que componen la Comisión Europea, el Consejo de Ministros de la Unión Europea y el Parlamento Europeo, este último es la institución más legítima con arreglo a los requisitos de la democratia. En efecto, los ciudadanos de la Unión Europea eligen a los diputados europeos por sufragio universal directo cada 5 años (articulo 190 del Tratado constitutivo de la Comunidad europea).

Ahora bien, las proximas elecciones no suscitan mucho interés de los electores. Los abundantes sondeos anuncian una abstención importante en ciertos países miembros.

Para justificar ese desinterés, supuesto o real, se alega a menudo que, de todas formas, el Parlamento no tiene de poder efectivo, que su papel es limitado y su trabajo desconectado de las preocupaciones de los ciudadanos europeos.

¡Grave equivocación!

El Parlamento europeo tiene papel mayor y creciente. Es cuádruple: de control, presupuestario, legislativo, y de ratificación (y revisión de los Tratados con arreglo al Tratado de Lisboa).

 

El Parlamento Europeo ejerce el control político del ejecutivo comunitario.

Para ejercer su competencia de control de las instituciones y actividades de la Unión europea, el Parlamento europeo goza de prerrogativas que suelen ser las de un Parlamento en una democracia : facultad de formular preguntas escritas u orales a la Comisión o al Consejo, creación de comisiones de investigación, debates (por ejemplo, es de destacar que al comienzo de su mandato, el Presidente en ejercicio del Consejo europeo expone su programa al Parlamento, y al final le rinde cuentas de los resultados).

 

Efectúa un control más específico y estrecho sobre la Comisión Europea. En particular, debe aceptar cada nuevo Colegio de comisarios y tiene el poder de obligar la Comisión a demitir gracias a su poder de censura. Esta requiere una votación por mayoría de los dos tercios de los sufragios expresados y por mayoría de los miembros que componen la Asamblea. Si los Estados miembros son competentes para designar el Presidente de la Comisión, el Parlamento Europeo debe dar su aprobación antes de la designación de los otros miembros del Colegio. El Tratado de Lisboa refuerza aún el vínculo entre la Comisión y el Parlamento ya que precisa que el Presidente de la Comisión deberá ser elegido teniendo en cuenta los resultados de las elecciones europeas.

Otras modalidades del control son, por ejemplo, el procedimiento que permite a los ciudadanos que se consideren víctimas de una violación de sus derechos de dirigir directamente peticiones al Parlamento. Tambien es necesario señalar el derecho de recurso del Parlamento ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas si considera que existe una violación de los Tratados por otra institución.

 

 

Según las revisiones sucesivas de los Tratados europeos, los poderes presupuestarios y legislativos del Parlamento fueron aumentado de manera importante.

El Parlamento toma también parte en el proceso de examen y de aprobación del presupuesto de la Unión Europea y vigila la ejecución de los gastos. Cada año debe aprobar - o no - la gestión del presupuesto por la Comisión durante el ejercicio financiero anterior.

Tiene la última palabra para los gastos no obligatorios (por ejemplo fondos estructurales) pero no para los gastos obligatorios (p.ej.: gastos agrícolas). Los segundos representaron durante muchos años la mayor parte los gastos del presupuesto europeo. La situación ha cambiado a medida que el presupuesto de la PAC disminuía cuando el de la politica de cohesión aumentaba en paralelo.

 

El Tratado de Lisboa acaba esta evolución hacia la conquista del poder presupuestario por el Parlamento suprimiendo la distinción entre gastos obligatorios y gastos no obligatorios y haciendo del Parlamento la autoridad presupestaria en lo que se refiere a los gastos.

El poder legislativo del Parlamento está en constante desarrollo. En un número importante y creciente de ámbitos, el Parlamento comparte el poder legislativo en pie de igualdad con el Consejo de Ministros de la Unión en el procedimiento legislativo ordinario llamado "codecisión". Tiene derecho de enmienda de las propuestas de textos legislativos y puede tambien rechazarlas. En cambio, no tiene el poder de iniciativa legislativa (puede pedir a la Comisión que presente propuestas de legislación al Consejo, lo que significa que solo la Comisión tiene el poder de iniciativa legislativa).

Por ultimo, la conclusión de algunos Tratados requierre el dictamen favorable del Parlamento Europeo (Tratados de adhesión, de asociación, acuerdos con notables consecuencias presupuestarias para la Comunidad…). Conforme con el Tratado de Lisboa, se convierte además en un protagonista del procedimiento de revisión ordinaria del Tratado (veanse "Posibilidades de evolución de la UE en virtud del Tratado de Lisboa", capitulo 10 del comentario del Tratado).

 

Jurisprudencia

 

  • Comentarios de sentencias del Tribunal de justicia de la Unión europea
  • Conclusiones de Abogados generales

 

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