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Reforma de la Política Agrícola Común (PAC)

 

El 12/10/2011, la Comisión Europea presentó el muy esperado - en particular en Francia - proyecto de reforma de la Política Agrícola Común (PAC) que se aplicará a partir de 2014. Como la reforma de la política de cohesión, la reforma de la PAC es un elemento de las negociaciones sobre el marco financiero plurianual comunitario que determinará para el periodo 2014-2020 la amplitud máxima y la composición de los gastos por rúbrica del presupuesto comunitario. Al igual que la reforma de la política de cohesión, la reforma propuesta debe contribuir al éxito de la estrategia Europa 2020.

Como lo explica la Comisión, el proposito de la reforma es establecer “una nueva asociación entre Europa y los agricultores” a fin, indicó Dacian Ciolos, Comisario de Agricultura y desarrollo rural “de hacer frente a los desafíos de la seguridad alimentaria, del uso sostenible de los recursos y del crecimiento”.Las próximas décadas”, prosiguió “serán cruciales para sentar las bases de una agricultura fuerte, preparada para afrontar el cambio climático y la competencia internacional, y que responda a las expectativas de los ciudadanos. Europa necesita a sus agricultores”, y terminó : “Los agricultores "necesitan el apoyo de Europa. La Política agrícola común nos alimenta y es el porvenir de más de de la mitad de nuestro territorio”.

La reforma consta de cuatro propuestas de Reglamentos:

- un Reglamento relativo a los pagos directos (1),

- un Reglamento sobre la organización común de mercados única (OCM) (2)

- un Reglamento sobre el desarrollo rural (3)

- un Reglamento “horizontal” sobre la financiación, gestión, y seguimiento de la PAC (4).

Tres propuestas de reglamentos tienen por objeto organizar la transición entre las antiguas y nuevas normas. Por último, el "paquete legislativo" incluye una exposición de motivos, una guía para los ciudadanos (5) y anexos relacionados con la evaluación de impacto.

Diez elementos constituyen los ejes de la reforma propuesta:

  • Ayudas a la renta mejor orientadas para dinamizar el crecimiento y el empleo : los diferentes sistemas de pago (referencias históricas o pago por hectárea o combinación de ambos, y el regimen de pago por superficie simplificado en vigor en la mayor parte de los países de la UE-12) serán sustituidos por un nuevo "régimen de pago básico". El pago se abonará unicamente a los agricultores activos. La Comisión propone definir con mayor precisión lo que son los agricultores activos con el fin de evitar pagar ayudas a beneficiarios sin actividad agraria verdadera o tangible: la ayuda no se pagará a los solicitantes cuyos pagos directos de la PAC representan menos del 5% del total de los ingresos procedentes de sus actividades no agrarias o cuyas superficies agrarias, en su mayoría, se mantienen en estado natural para el pasto o el cultivo, sin que se ejerza en ellas la actividad mínima exigida, según la definición de los Estados. Sin embargo, una derogación está prevista en favor de los agricultores que han percibido pagos inferiores 5 000 euros durante el ejercicio anterior. Las ayudas básicas a la renta disminuirán a partir de 150.000€ y no podrán superar 300.000€ por explotación y por año, teniendo al mismo tiempo en cuenta el número de puestos de trabajo empleos creados por las explotaciones. Estarán supeditadas al respeto de ciertas normas en materia ambiental (por ejemplo, mantenimiento de una "zona de interés ecológico" del 7%), de bienestar animal, etc… ("condicionalidad"). El objetivo del nuevo sistema de ayudas es reducir las disparidades actuales entre los niveles de ayudas entre agricultores, entre regiones (disparidades internas) y entre países miembros (disparidades externas). Los Estados van a deber aplicar un método de pago uniforme por hectárea a nivel nacional o regional a partir de 2019. Las dotaciones nacionales destinadas a los pagos directos se revisarán de modo que aquellos que perciban menos de un 90% del pago comunitario medio por hectárea recibán más. Por ejemplo, si un Estado miembro percibe en la actualidad una ayuda media por hectárea que representa un 75% de la ayuda media comunitaria (o sea 15% porcentuales por debajo del límite del 90%), la ayuda se aumentará para representar un 80% de la ayuda media (aumento de un tercio de la diferencia entre la ayuda nacional y 90% de la ayuda media comunitaria). Los Estados podrán decidir destinar hasta un 10% de su dotación nacional para pagos directos a la dotación correspondiente disponible para el desarrollo rural. En cuanto a los Estados que perciben pagos de menos del 90% de la media comunitaria, podrán transferir hasta un 5% de los fondos de los que se benefiaran para el desarrollo rural a la dotación para pagos directos.
  • Mejora de los instrumentos de gestión de crisis: para luchar contra la volatilidad de los precios, las redes de seguridad previstas (almacenamiento privado e intervención pública) se adaptarán de modo que sean más eficaces y más dinámicas para los sectores más expuestos a las crisis. Se promovera la creación de seguros y mutualidades. Tambien se introducirá una nueva cláusula de salvaguardia con el fin de autorizar a la Comisión a tomar medidas de urgencia en respuesta a perturbaciones generales del mercado (tal como ocurrió durante la crisis de la bacteria E.coli la primavera pasada)
  • Creación de un pago “ecológico”: el 30% de los pagos directos se destinará a prácticas que permitirán un uso óptimo de los recursos naturales (diversificación de los cultivos, mantenimiento de los pastos permanentes, conservación de las reservas ecológicas y de los paisajes)
  • Más inversiones para la investigación y la innovación: el presupuesto de investigación e innovación en materia agronómica se duplicaría para desarrollar las transferencias de conocimientos, el asesoramiento a los agricultores y apoyar proyectos de investigación de interés para los agricultores gracias a una cooperación más estrecha entre el sector agrario y la comunidad científica
  • Competitividad y equilibrio de la cadena alimentaria: poco organizados y demasiado aislados, los agricultores no están en posición de fuerza. La Comisión propone apoyar las organizaciones de productores, las organizaciones interprofesionales y fomentar los circuitos cortos entre los productores y los consumidores para reducir el número de intermediarios. Las cuotas de azúcar no se prolongarán más allá de 2015, ya que “han dejado de ser pertinentes” explica la Comisión
  • Apoyo a las medidas agroambientales: de conformidad con la política de desarrollo rural, la conservación y la recuperación de los ecosistemas y la lucha contra el cambio climático serán, con el uso eficaz de los recursos, una prioridad
  • Apoyo a la instalación de jóvenes agricultores: la Comisión propone una nueva ayuda a la instalación para los agricultores de menos de cuarenta años, durante los cinco primeros años de su proyecto. El pago básica se aumentaría un 25% (con límites en función del tamaño de la explotación)
  • Promoción del empleo rural y del espíritu empresarial: se fomentará la actividad económica en las zonas rurales y las iniciativas de desarrollo local gracias a medidas como, por ejemplo, la creación de un paquete inicial para apoyar los proyectos de microempresas con una financiación de hasta 70.000€ a lo largo de un período de cinco años o el refuerzo de los grupos de acción local de LEADER
  • Atención a las zonas frágiles: se asignará una ayuda suplementaria que se añadirá a las demás previstas en el marco de la política de desarrollo rural, a los agricultores situados en zonas con desventajas naturales para evitar la desertización
  • Simplificación de la PAC: los procedimientos se facilitarían para evitar los plazos demasiado largos y las “sobrecargas administrativas inútiles”, en particular las normas relativas a la condicionalidad y los sistemas de control. Por ejemplo, si la atribución de las ayudas sigue siendo supeditada al cumplimiento de normas medioambientales, de bienestar animal, como ya se mencionó, el número de requisitos legales de gestión ha pasado de 18 a 13, y las normas relativas a buenas condiciones agrícolas y medioambientales se han reducido de 15 a 8 (excluyendo por ejemplo elementos que no son relevantes para el agricultor). Del mismo modo, las ayudas a los pequeños agricultores se simplificarán gracias a la creación de un pago a tanto alzado de 500 a 1000€ por explotación y por año.

En una reunión del 25/10/211, los diputados miembros de la Comisión de agricultura y desarrollo rural del Parlamento europeo expresaron varias criticas. Algunos de ellos consideraron que las propuestas destinadas a limitar los pagos directos a las grandes explotaciones y a instaurar una nueva disposición con el fin de congelar un 7% de las tierras van a generar una “montaña de burocracia”. Otros hicieron hincapié en las consecuencias negativas para las cooperativas y las pequeñas asociaciones de agricultores que podría tener la limitación del importe de ayuda. Se denunció también las diferencias de asignación de los fondos europeos entre los agricultores de los distintos Estados miembros. “No entiendo porqué un agricultor lituano debería recibir menos que un agricultor danés”, observó el diputado polaco Janusz Wojciechowski. Por su parte, la Presidente del Comité de las Regiones reservó también una recepción más bien "tibia" a las propuestas en un comunicado de 13/10/2011. Aunque la condicionalidad del pago de las ayudas con arreglo a prácticas agrarias respetuosas del medio ambiente sea una “evolución que se debe saludar”, las propuestas “demasiado tímidas, están lejos de aplicar la equidad entre territorios y explotaciones que pide el Comité de las Regiones”, observa Mercedes Bresso. El comunicado subraya otros problemas: la definición, demasiado amplia, de los "agricultores activos", la disminución y el limite de las ayudas que siguen siendo insuficiente, la intervención pública demasiado limitada para regular los mercados.

31/10/2011

 

 


1 - Propuesta de reglamento que establece normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común

2 - Propuesta de reglamento por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrícolas (Reglamento de la OCM única)

3 - Propuesta de reglamento relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)

4 - Propuesta de reglamento sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común

5 - Resumen para el ciudadano: La agricultura en Europa después de 2013

 

Jurisprudencia

 

  • Comentarios de sentencias del Tribunal de justicia de la Unión europea
  • Conclusiones de Abogados generales

 

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