Noticias de la Unión europea, agosto de 2011
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Restricciones autorizadas a la libre circulación en España: la libertad de circulación en la Unión Europea no es un derecho absoluto. Puede limitarse, en general, con motivo de preservar el orden público, y de tambien de manera más específica, por ejemplo cuando la situación del mercado laboral de un país justifica que éste restrinja el acceso al empleo de los trabajadores extranjeros (cláusula de salvaguardia).
Pues la Comisión Europea anunció en un comunicado de prensa de 11/08/2011 que aceptaba la solicitud presentada por España de limitar el acceso de los trabajadores rumanos a su mercado laboral hasta el 31 de diciembre de 2012, “debido a perturbaciones graves de su mercado laboral".
La situación económica de España no es floreciente: su PIB descendió de -3,9% entre 2008 y 2010, lo que tuvo por consecuencia una tasa de desempleo muy importante (más de un 20% desde mayo de 2010). ¿Por qué razón las restricciones se aplicarán a los trabajadores rumanos? Porque, según el análisis de la Comisión los rumanos que residen en España se ven muy afectados por el desempleo (30% de ellos están en paro): 191.400 rumanos estaban desempleados en el primer trimestre de 2011 (80 100 en 2008), lo que representa el número de parados más elevado después de los nacionales españoles. En paralelo, el número de nacionales rumanos que vienen a trabajar en España siguió siendo muy importante.
Eso explica que si España abrió generosamente sus puertas a los trabajadores procedentes de otros países de la UE y en particular de los nuevos países miembros, las autoridades españolas han decidido dar un paso atrás. El 28 de julio de 2011, pidieron la activación de la cláusula de salvaguardia abogando por “la grave situación del empleo y un entorno financiero muy complejo", y lograron convencer a la Comisión Europea con todo poco propensa a tolerar obstáculos a la libre circulación. Obviamente, esta ultima tuvo en cuenta el hecho que incluso aplicando estas restricciones, España “sigue estando más abierta a los trabajadores de los nuevos Estados miembros que otros estados miembros". Las restricciones no se aplican a los nacionales rumanos que “ya esten activos” en el mercado laboral español (empleados o registrados como solicitantes de empleo).
La Comisión Europea recuerda que “seguirá de cerca la situación en España y podrá modificar o revocar la decisión en cualquier momento que considere oportuno”.