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No se puede cuestionar la libertad de circulación en el espacio Schengen

 

De acuerdo con el mandato otorgado por los jefes de estado y de gobierno de la zona del euro (veanse en esta web : ¿Que futuro para el acuerdo de Schengen, 3? ), la Comisión Europea presentó el 16/09/2011 propuestas sobre el sistema de evaluación y supervisión de la aplicación del acuerdo de Schengen y sobre la cláusula de salvaguardia. Pueden resumirse de esta manera: no se puede tolerar que un estado cuestione de forma unilateral la libertad de circulación en el espacio Schengen y restablezca controles en las fronteras, salvo en circunstancias muy especificas.

Las propuestas de la Comisión consisten en reforzar el sistema de evaluación y de supervisión y a adoptar un “mecanismo europeo de toma de decisiones europeo más estructurado que pueda permitir la reintroducción temporal de controles fronterizos interiores en caso de de amenazas graves al orden público o a la seguridad interior."

Más concretamente, el “paquete” legislativo presentado el 16/09 incluye:

- una comunicación titulada: "Gobernanza Schengen – reforzar el espacio sin controles de las fronteras interiores" (COM(2011) 561 final) en la cual la Comisión expone las directrices “del enfoque más eficiente y basado en la UE para la cooperación Schengen” que quiere promover;

- una propuesta de Reglamento por la que se modifica el Reglamento n° 562/2006 (código de fronteras Schengen) con el fin de establecer normas comunes relativas al restablecimiento temporal del control fronterizo en las fronteras interiores en circunstancias excepcionales (COM (2011) 560 final);

- una propuesta de Reglamento para fortalecer el mecanismo de evaluación de Schengen (COM (2011) 559 final).

El objetivo consiste en preservar un principio clave y "uno de los logros más apreciados de la UE " : la libre circulación que supone la posibilidad de circular dentro de la Unión europea sin tener que someterse a controles en las fronteras interiores (en la actualidad, se registra más de mil millones de desplazamientos en la UE cada año). La existencia de un espacio sin controles en las fronteras interiores constituye tambien "una condición sine qua non del éxito del mercado único", y en particular de la libre circulación de trabajadores, de bienes y de servicios.

Pero, la Unión y sus Estados miembros deben también poder reaccionar de forma rápida y eficaz a las amenazas graves para el orden público y la seguridad interior, y decidir la reintroducción excepcional y temporal de los controles en las fronteras interiores. Lo que está en juego puede resumirse de esta manera: quién tendra el poder de decidir si tales medidas deben adoptarse: los Estados o las instituciones europeas (y más precisamente, la Comisión)?. En las propuestas de la Comisión Europea la respuesta queda clara: es necesario favorecer el nivel europeo y, por consiguiente, adoptar procedimientos de toma de decisión comunitarios y no intergubernamentales.

 

1 - Con el fin de reforzar la gestión del espacio Schengen, la Comisión Europea propone de revisar el mecanismo utilizado para garantizar el seguimiento de la aplicación del acervo de Schengen y para publicar recomendaciones sobre cualquier insuficiencia constatada

En la opinión de la Comisión, "el mecanismo en vigor, basado en un sistema intergubernamental de evaluación entre pares, no es lo suficientemente robusto como para hacer frente a todos los problemas". Por esa razón, propone sustituirle "un enfoque dirigido por la Unión". A fin de verificar la aplicación de las reglas de Schengen, equipos establecidos bajo la responsabilidad de la Comisión y formados por expertos de otros Estados miembros y de Frontex podrían efectuar inspecciones con o sin previo aviso en un país miembro determinado. Después de la inspección se redactaría un informe que describiría las lagunas eventuales y constaría de recomendaciones claras por lo que se refiere a las medidas correctivas a adoptar y a los plazos para su aplicación. El Estado debería definir un plan de acción para aplicar las recomendaciones. Cada semestre, la Comisión presentará un balance semestral del funcionamiento de Schengen a las instituciones de la Unión Europea. Podrá dar lugar a un debate regular en el Parlamento Europeo y en el Consejo.

 

2 – No se puede permitir que los solos estados se hagan cargo del interés común, afirma la Comisión Europea con razón

Las medidas adoptadas por los Gobiernos nacionales para restablecer de manera excepcional y temporal controles en las fronteras si existe una amenaza grave al orden público y a la seguridad interior afectan a todo el espacio Schengen. La Comisión propone, pués, que la posibilidad de adoptar tales medidas se trate “a nivel europeo, de forma transparente, coherente y eficiente". El proceso de toma de decisión sería comunitario: cada decisión de restablecer los controles fronterizos interenos debido a acontecimientos previsibles debería autorizarse previamente al nivel europeo. El estado que preve tomar tal decisión informaría a la Comisión y a los otros Estados al menos con seis semanas de antemano proporcionándoles toda la información necesaria sobre la razones, el ámbito de aplicación y la duración prevista de la medida prevista. La decisión se aprobaría a nivel europeo sobre la base de una propuesta de la Comisión Europea votada por una mayoría cualificada de expertos de los Estados miembros. Los acontecimientos previsibles contemplados pueden ser, por ejemplo, importantes eventos deportivos o una gran reunión política. Los motivos por los que se justifica tal decisión seguirían siendo los mismos que hoy: necesidad de prevenir una amenaza al orden público y a la seguridad interior. Los controles podrían autorizarse en fronteras designadas por un período renovable de 30 días y durante seis meses como maximo. Este periodo solo podría prolongarse si el restablecimiento del control en las fronteras interiores se debiera al hecho de que, en el marco del mecanismo de evaluación de Schengen, existan "deficiencias persistentes en la protección adecuada" de la parte de la frontera exterior que le corresponda a un Estado miembro.

Los acontencimientos imprevisibles que requieren una actuación inmediata debida a la emergencia (por ejemplo, ataque terrorista) tambien están previstos por la propuesta: los Estados podrían actuar unilateralmente para reintroducir controles, pero solo por un período de 5 días como máximo, tras el cual una decisión a nivel de la UE debería tomarse para autorizar una prórroga.

En caso de incumplimiento de las normas de Schengfen o de "deficiencias graves en la aplicación" se aplicarían medidas de apoyo, incluída una asistencia técnica y financiera por parte de la Comisión, de los Estados miembros, de FRONTEX u otras agencias europeas (por ejemplo si un Estado miembro no protege correctamente parte de la frontera exterior de la UE). Si dichas medidas resultaran insuficientes o ineficaces se podría decidir de reintroducir controles de las fronteras interiores de manera temporal. Los Estados adoptarían tales medidas, calificadas de "medidas de último recurso” por la Comisión, conforme con procedimientos comunitarios, y no de manera unilateral.

El Parlamento Europeo el Consejo examinarán las propuestas con arreglo al procedimiento legislativo ordinario es decir, la codecisión. Y el apoyo de los eurodiputados y de una mayoría de Estados no sera de más ya que tres países, Alemania, España y Francia han hecho saber, que se opondrían. Estos países no quieren que la Comisión tome responsabilidades en asuntos relacionados con la seguridad interior a su modo de ver.

26/09/2011

 

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  • Comentarios de sentencias del Tribunal de justicia de la Unión europea
  • Conclusiones de Abogados generales

 

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