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Controles en las fronteras interiores del espacio Schengen: los estados quieren decidir solos

 

El 07/06/2012, el Consejo aprobó por unanimidad revisar las normas que permiten restablecer de manera temporal los controles fronterizos nacionales en el espacio Schengen. El acuerdo consta a la vez de propuestas de la Comisión Europea y de petiticiones de los estados, por ejemplo del Gobierno francés anterior que abogaba por facilitar el restablecimiento de los controles en las fronteras nacionales e incluso había amenazado de restablecer dichos controles de manera unilateral en caso de que sus socios rechazen su petitición.

En primer lugar, los Estados han acordado adoptar un nuevo mecanismo de evaluación y supervisión del funcionamiento de Schengen

Por lo que se refiere al restablecimiento temporal de los controles en las fronteras, el texto añade un nuevo motivo.

Más concretamente, preve que los controles podrán restablecerse en tres hipotesis.

Dos hipotesis estan previstas por el artículo 23 del Código de fronteras Schengen (Reglamento n° 562/2006 de 15 de marzo de 2006 por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras) que abarca los casos en que exista una "amenaza para el orden público o la seguridad interior”. El texto dispone que, de forma excepcional, un estado miembro puede restablecer los controles en sus fronteras siempre que circunstancias excepcionales lo justifiquen:

Acontecimientos previsibles de gran alcance como acontecimientos deportivos internacionales (por ejemplo, eurocopa de fútbol), reuniones políticas, cumbres de jefes de estados (p.ej.: cumbre del G20)…: el restablecimiento de los controles en las fronteras nacionales se autoriza siempre que se aplique durante un periodo limitado a treinta días. Si la amenaza grave para el orden público o la seguridad interior persistan más allá de este periodo, el estado miembro puede prolongar controles fronterizos durante períodos renovables que no sobrepasen 30 días sin que la duración total sea superior a seis meses. El estado debe informar a sus socios y a la Comisión a más tardar cuatro semanas antes de la fecha prevista para el restablecimiento de los controles. Tambien debe proporcionar la información necesaria : motivos del restablecimiento previsto, alcance del restablecimiento, fecha y duración de las medidas decididas. La Comisión puede emitir un dictamen. Este ultimo puede debatirse con los demas estados miembros.

Necesidad de actuación urgente : en este caso que abarca acontencimientos previsibles que requierren una actuación rapida (por ejemplo, ataque terrorista), el restablecimiento de los controles en las fronteras nacionales puede efectuarse inmediatamente. Su duración se limita a diez días renovables sin que la duración total pueda ser superior a dos meses.

La tercera hipótesis de restablecimiento de los controles fronterizos es una novedad y se relaciona con el mecanismo de evaluación de Schengen, más precisamente con las "medidas específicas en caso de deficiencias serias y persistentes en el ejercicio de los controles en las fronteras exteriores del espacio Schengen". El restablecimiento se autorizará si un país miembro no cumple sus obligaciones y es incapaz de impedir la entrada de inmigrantes ilegales en la zona Schengen sea porque es ineficaz, sea porque no puede con fuertes presiones migratorias.

Algunos Estados ya están bajo el escrutinio de sus socios. Grecia, por ejemplo. En un informe reciente sobre el funcionamiento de Schengen, la Comisión "reconoce la considerable presión a la que hace frente Grecia a causa del gran número de personas de terceros países que entran en su territorio.Pero, prosigue: "al mismo tiempo, la Comisión está preocupada por las deficiencias graves del sistema de asilo griego y por la vulneración de derechos fundamentales” que requieren que la Comisión sigua "de cerca" la evolución de esta tema “para asegurarse de que Grecia cumpla sus obligaciones legales y se beneficie del apoyo necesario” (Comunicación: Informe semestral sobre el funcionamiento del espacio Schengen, 1 de noviembre de 2011 - 30 de abril de 2012, COM (2012) 230 final de 16/05/2012).

Si un país falla, el país miembro que cumparte una frontera con el podrá restablecer temporalmente los controles en la frontera común. Pero sólo podrá hacerlo después de que una evaluación de la aplicación de las normas de Schengen haya puesto de manifiesto las "deficencias serias y persistentes en el ejercicio de los controles en las fronteras exteriores". Esta evaluación se basa en el informe sobre el funcionamiento de Schengen que presenta la Comisión Europea cada semestre. Sobre esta base, la Comisión puede proponer al país miembro con problemas el despliegue de equipos de guardia de frontera europeos conforme con el Reglamento Frontex (Reglamento nº 2007/2004 de 26 de octubre de 2004, por el que se crea una Agencia europea para la gestión de la cooperación operativa en las fronteras exteriores de los Estados miembros de la Unión Europea) y preguntarle que medidas estratégicas preve tomar para solucionar el problema.

Si el estado sigue incumpliendo sus obligaciones durante tres meses, y en última instancia, es decir, después de haber intentado todos los medios posibles para ayudar al país, el Consejo puede recomendar el restablecimiento de controles por los Estados vecinos afectados a lo largo de las fronteras interiores o en ciertos puntos de estas. Como en las dos primeras hipótesis, las “deficiencias serias y persistentes" deben constituir una amenaza para el orden público o la seguridad interior. El restablecimiento de los controles no puede durar mas de seis meses, en principio pero puede prorrogarse por períodos de seis meses siempre que la duración total no sea superior a dos años.

En resumén, el acuerdo logrado por el Consejo no permite la reintroducción unilateral de los controles fronterizos. Sin embargo, el procedimiento está en manos del Consejo (o sea los Estados) que afirma con esa decisión del 7 de junio su voluntad de decidir solo.

Pero la Comisión y el Parlamento europeo no se conforman.

La Comisión Europea critica el acuerdo porque sigue con el sistema actual de decisión intergubernamental cuando la Comisión y el Parlamento europeo proponen desde el principio que los estados miembros pidan permiso a las instituciones europeas antes de restablecer los controles.

El Parlamento Europeo, por su parte, se ha levantado contra la reforma acordada por los estados y amenaza con interponer un recurso ante el Tribunal europeo de justicia de la Unión europea ya que el Consejo ha cambiado la base legal para reformar las reglas, pasando de un reglamento (que necesita ser votado a la vez por el Consejo y el Parlamento europeo) a una decisión (que necesita ser votada por el solo Consejo). En un comunicado de prensa de 09/06/2012, el Parlamento denuncia "una decisión que excluye a los representantes de los ciudadanos en cuestiones relacionadas con derechos indivuales". Los eurodiputados (excepto la derecha euroesceptica del grupo ECR) denuncian de manera más general una evolución que “fomenta la toma de decisiones opacas, acordadas en el secreto de las burocracias y cenáculos privados “. El 14 de junio, el conjunto de los partidos políticos del Parlamento, excepto el grupo ECR, ha decidido suspender las negociaciones con el consejo sobre cinco proyectos de ley.

Esa "decisión extrema" como lo reconoce el propio presidente de la eurocámara, Martin Schulz, debe aplicarse hasta que devuelvan al Parlamento los poderes de legislar sobre el proceso de reforma de los acuerdos de Schengen.

Como lo dijó Daniel Cohn-Bendit, eurodiputado francés de los verdes: “Esto es la guerra entre las demás instituciones europeas y el Consejo. Creo va a ser violenta".

 

 

Sobre el mismo tema, veanse tambien :

¿Que futuro para el acuerdo de Schengen?

No se puede cuestionar la libertad de circulación en el espacio Schengen

Funcionamiento del espacio Schengen

23/07/2012

Jurisprudencia

 

  • Comentarios de sentencias del Tribunal de justicia de la Unión europea
  • Conclusiones de Abogados generales

 

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