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Conflicto entre la Unión Europea y Polonia por la independencia de los jueces polacos

 

Rule of law - Frédérique DELMEIREN

 


El artículo 2 del Tratado de la Unión Europea proclama que esta no solo es un mercado único o un foro de cooperación entre los países miembros, sino también un Estado de derecho
basado en principios y valores comunes.

 

El artículo 7 del mismo Tratado prevé que se pueden imponer sanciones (suspensión del derecho de voto en el Consejo) a los Estados que no respeten los valores contemplados en al artículo 2. Pero su aplicación resulta dificil por falta de alcanzar el acuerdo unanimo de los estados que se necesita. Corresponde, pues, al Tribunal de Justicia de la Unión Europea constatar la violación de los principios democráticos. Así, la ley sustituye al político fracasado.


Hace años que Hungría y Polonia estan en la mira de la Comisión Europea, del Parlamento Europeo y de los jueces comunitarios, trás la adopción de varias leyes consideradas discriminatorias o contrarias al principio de separación de poderes, fundador de la democracia.
 

Un ejemplo reciente de conflicto radica en la ley votada en Polonia en diciembre de 2019 para reformar el estatuto de los jueces. Esta ley aumenta el número de casos en los que el contenido de las decisiones judiciales puede calificarse como falta disciplinaria. Instituye un organo disciplinario formado por jueces designados por el Gobierno y situado al mismo nivel que el Tribunal Supremo, con competencia exclusiva para pronunciarse sobre cuestiones relativas a la independencia del poder judicial. Se teme que sea una heramienta de control politico.
 

La ley también dificulta las cuestiones prejudiciales (que permiten a un juez nacional solicitar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que precise una cuestión de interpretación del Derecho de la Unión, a fin de poder, por ejemplo, comprobar la conformidad de la normativa nacional con este Derecho). La aplicación de la legislación de la UE por los tribunales polacos y la primacia del Derecho comunitario  ya no estan garantizados.
 

Tras haber debatido con las autoridades polacas, sin resultado, la Comisión europea decidió iniciar un recurso por incumplimiento contra Polonia con motivo de que este país había violado su obligación de garantizar el respeto del Derecho comunitario al atacar la independencia del poder judicial. El 15 de julio de 2021, el TJUE declaro que se había producido un incumplimiento (TJUE, 15 de julio de 2021, asunto C-791/19, Comisión Europea contra República de Polonia). El día anterior, un Auto del TJUE había ordenado la suspensión provisional de la Camára disciplinaria.
Poco se hizo esperar la reacción: el Tribunal Constitucional polaco declaro que las medidas provisionales impuestas por el TJUE eran incompatibles con la Constitución del país (una « rebelión » que recuerda la oposición del Tribunal Constitucional alemán). En este caso, no fue tanto la sentencia del 15 de julio la que se cuestionó como el Auto del 14 de julio.

 

La polémica se ha terminado (de momento) al anunciar el gobierno polaco la disolución del organo cuestionado (el 17 de agosto de 2021). La amenaza de suspender las ayudas europeas al plan polaco de recuperación, puede explicar que los dirigentes polacos prefieran transigir.

 

Ver más

Comentario de la Sentencia del TJUE

 

 

Jurisprudencia

 

  • Comentarios de sentencias del Tribunal de justicia de la Unión europea
  • Conclusiones de Abogados generales

 

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