Aplicación de las medidas de seguridad en los aeropuertos de la Unión Europea
Los empleados de seguridad del aeropuerto de Tarbes (suroeste de Francia) aplicaron sin vacilar las medidas europeas y confiscarón todas las botellas y envases de una capacidad superior a 100 ml que transportaban pasajeros procedentes de Lurdes donde se habían abastecido en agua bendita. Estos se preparaban a tomar un vuelo charter de la compañía Mistral Aire que firmó un acuerdo con el Vaticano a fin de organizar vuelos a los principales lugares de peregrinaje católico (1).
Pero los peregrinos ignoraban o habían olvidado que las normas de seguridad adoptadas en el marco de la lucha antiterrorista limitán la cantidad de líquidos que los pasajeros aéreos pueden llevar a través de los puntos de control y seguidamente a bordo de las aeronaves. Tal vez pensaban que estas medidas no se aplicaban al agua del sanctuario francés...
En virtud del Reglamento comunitario de 16/12/2002 las normas abarcan (2) :
- - seguridad en los aeropuertos ( incluyendo el control de acceso y el examen sistemático de todo el personal)
- - seguridad de las aeronaves (incluyendo las inspecciones de aviones y la protección de los aviones en servicio y fuera de servicio)
- - control de los pasajeros y de los equipajes de mano
- - control y protección de los equipajes de bodega
- - carga, mensajería, paquetes exprés, correo y material de las compañías aéreas
- - productos de restauración
- - productos y material de limpieza
- - selección y formación del personal de seguridad
- - equipos
Varios reglamentos de aplicación describen las medidas concretas que deben adoptarse, como el Reglamento de la Comisión n° 68/2004 de 15 de enero de 2004 (3). Este consta de un anexo cuya característica es de ser... secreto. La razón de ello, es de « evitar que se produzcan actos ilegales » (considerando 2 del Reglamento) , pero, como lo han destacado ciertos parlamentarios europeos, el secreto sobre el contenido del anexo viola el principio de la publicidad de las leyes, principio inherente a la democracia. .
Sin embargo, a fin de informar los pasajeros sobre sus deberes, el Reglamento (considerando 3) dispone « es preciso contar con una lista armonizada, a la que el público tenga acceso, en la que se enumeren por separado los artículos prohibidos que los pasajeros no pueden introducir en las zonas restringidas ni en la cabina de las aeronaves, por un lado, y, por otro, los artículos prohibidos que los pasajeros no pueden transportar en el equipaje destinado a la bodega de la aeronave ».
La última modificación del anexo se adoptó el 05/10/2006, a fin de defenderse contra las amenazas de explosivos líquidos (4). Entró en vigor el día 06/11.
Restringe los líquidos que pueden transportar los pasajeros a través de los puntos de control y a bordo de la aeronave en sus equipajes de mano: solo se permite llevar pequeñas cantidades en envases que no excedan de 100 mililitros (por ejemplo, pequeñas cantidades de artículos de tocador y de perfume). No obstante, el Reglamento prevé una excepción a fin que los viajeros puedan seguir transportando en sus equipajes de mano medicamentos y productos que respondan a una necesidad dietética especial que deban utilizarse durante el viaje, incluidos los alimentos infantiles
Los pasajeros deben embalar los envases de 100 ml o menos en bolsas de plástico de una capacidad máxima de un litro y presentarlas a los puntos de control. Deben también quitarse abrigos y chaquetas y extraer del equipage los artículos eléctricos de gran tamaño y ordenadores portatiles cuando llegan a los puntos de control.
También había previsto la Comisión europea limitar el tamaño de los equipajes de mano autorizados hasta un máximo de 56 cm x 45 cm x 25 cm. Esta armonización que debía aplicarse a partir de la primavera 2007 fue aplazada. Se aplicará a partir de mayo de 2008, como lo anunció la Comisión, con motivo de « evaluar de nuevo las ventajas y los inconvenientes que eso implica, en particular, para la seguridad aérea y la comodidad de los pasajeros » (5)
A principios del año, un debate al Parlamento Europeo cuestionó el procedimiento de adopción de la normativa (6) - ya que el Parlamento no participa en este, tratandose de una materia del tercero pilar de la Unión europea (7) - y su caracter demócratico asi como su eficacia. El eurodiputado Ignasi Guardans Cambó subrayaba : « la Comisión Europea ha creado una norma jurídica que impone obligaciones a los ciudadanos, que limita derechos, pero que, por su carácter secreto, no puede ser aplicada por ningún tribunal en toda la Unión Europea. Las notas de prensa y los folletos informativos, señor Comisario, todavía no tienen valor delante de los tribunales ».
Asi pues, muchas preguntas se plantean : ¿se pueden aplicar sanciones en caso de infracción ? ¿que tipo de sanciones ? ¿ de que recursos disponen los ciudadanos complicados : cómo impugnar una decisión o una sanción impuesta sobre la base de una norma secreta? Etc… Es frecuente ahora justificar que se derogue a los principios del estado de derecho con motivo al imperativo de seguridad. Por tan comprensible que pueda ser ese argumento, se trata de saber hasta que punto se puede derogar los principios sin que la democracia pierda su esencia. La cuestión dista de ser solucionada.
En cuanto a "nuestros" péregrinos de Lurdes, muchos tuvieron que abandonar su cotizada adquisición. La historia no dice lo que fue de las botellas de agua bendita confiscadas.
02/09/2007
1- Virginia Piccolillo « Sul volo del Vaticano bloccata l' acqua santa », Corriere della Sera, 29/08/2007
2- Reglamento n° 2320/2002 de 16 de diciembre de 2002 por el que se establecen normas comunes para la seguridad de la aviación civil
3- Reglamento n° 68/2004 de 15 de enero de 2004 por el que se modifica el Reglamento no 622/2003 por el que se establecen las medidas para la aplicación de las normas comunes de seguridad aérea
4- Reglamento n° 1546/2006 de 4 de octubre de 2006
5- Comunicado IP/07/526 de 20/04/2007
6- Parlamento europeo, debate de 12 de febrero de 2007, "Restricciones de la UE a los líquidos que se pueden llevar los pasajeros en los aviones"
7- En las cuestiones que forman parte del tercero pilar (asuntos de justicia y seguridad interior), las decisiones se toman por decisión unanima del los estados. El Parlemento ne tiene papel de colegislador commo en el procedimiento de codecisión.
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Funcionamiento de la Unión europea